Preguntas Frecuentes Crear Empresa

El proceso puede durar de 3 a 5 días hábiles

Ante la Ley ambas Constituciones tienen las misma facultades y potestades. La diferencia principal radica en que las Constituciones Tradicionales deben ser redactadas por un abogado, el proceso demora como mínimo 5 días hábiles y tiene un costo mucho mayor al de una Constitución por Empresa en un día. También deben ser inscritas en el Conservador de Bienes Raíces, y deben ser publicadas en el Diario Oficial.

El RUT de la empresa se obtendrá ante el SII llevando el escrito de la Constitución y el
documento donde acredite el domicilio comercial y tributario que utilizará la empresa.

Cada vez que se necesite copia de estos documentos para realizar cualquier trámite (bancario por ejemplo), se deberán legalizar copias ante notario.

Las Constituciones por Empresa en un día, tal como su nombre lo dice, pueden quedar constituidas y obtener el RUT el mismo día de su redacción. Este será entregado por un notario que posea firma Electrónica avanzada (si la persona posee firma electrónica avanzada no será necesario firmarlo ante notario).

El costo es mucho menor que el de una Constitución Tradicional, y no requiere Inscripción en el Conservador ni Publicación en el diario oficial. Esto se reemplazará por el Certificado de Vigencia y Certificado de Anotaciones, los cuales se pueden descargar de manera gratuita a través de la página Escritorio Empresa, las veces que la persona desee.

Para aprender a descargar estos certificados, los invito a revisar el vídeo accediendo al siguiente link:

Una persona natural puede ejercer todos los derechos y obligaciones de una empresa a su nombre.

Mientras que una persona jurídica, la empresa asume todos los derechos y obligaciones de la misma. Una persona natural es responsable personalmente de las deudas y obligaciones de una empresa. Una persona jurídica, las deudas u obligaciones se limitan a los bienes de la empresa.

En Resumen, el funcionar como Empresa, sirve para proteger y separar nuestro patrimonio personal del patrimonio de la Empresa.

Sí, puede constituir una empresa o sociedad con personas extranjeras con permanencia temporal en Chile, pero éste debe tener RUT de inversionista extranjero, el cual debe solicitar en las dependencias del SII.

Los extranjeros que concurran a las Unidades del SII, deben identificarse con su pasaporte, cédula de identidad del país de origen o cédula de identidad obtenida en Chile (si ya la tienen) y llenar formulario de Inscripción al RUT (F-4415), formulario 4415.

No, debe dirigirse al SII en el cual tiene acreditado el Domicilio Tributario y Comercial

En Lofwork te ayudamos con la asesoría y constitución de 3 tipos de sociedades:

  • Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada (EIRL)
  • Sociedades de Responsabilidad Limitada (LTDA)
  • Sociedades por Acciones (SPA)

Si eres extranjero puedes crear o ser parte de una empresa en Chile:

  • Si este es tu caso puedes crear una empresa de forma inmediata sin la necesidad de contar con socios de nacionalidad chilena.
  • Esto siempre y cuando tu RUT se encuentre vigente.
  • Además con esta empresa podrás auto-contratarte y pagar las previsiones de salud y vejes correspondientes.

Sí, se puede, no obstante los Bancos pueden restringir el otorgamiento de créditos y la apertura de cuenta corriente.

Una EIRL es una empresa individual de responsabilidad limitada que tiene las siguientes consideraciones:

  • Puede ser formada única y exclusivamente por quién la forma, o sea, el único socio es el dueño de la empresa.
  • El dueño responde solo hasta el monto del capital de inicio de la empresa.
  • Puede realizar sólo una actividad económica. Por ejemplo, se puede dedicar sólo a la construcción de obras menores, si realiza otra actividad distinta a la inicial, el dueño deberá responder con todo su patrimonio personal.
  • El dueño puede auto-contratarse y tener una remuneración bruta máxima de hasta 75 UF.
  • Si contrata a su cónyuge este se tomará como gasto rechazado ante el SII.

Una SPA es una sociedad por acciones que tiene las siguientes consideraciones:

  • Puede ser formada por 1 hasta 500 personas naturales o jurídicas.
  • Los dueños responden solo hasta el monto de los aportes señalados en el capital de inicio de la empresa.
  • Puede realizar más de una actividad económica.
  • Los dueños pueden autocontratarse y sin tope de remuneración ante el SII.
  • Es posible contratar a los cónyuges de los socios SIN que se tome cómo gasto rechazado ante el SII.

Una LTDA es una empresa de responsabilidad limitada que tiene las siguientes consideraciones:

  • Puede ser formada por 2 hasta 50 personas naturales o jurídicas.
  • Los dueños responden solo hasta el monto de los aportes señalados en el capital de inicio de la empresa.
  • Puede realizar más de una actividad económica.
  • Los dueños pueden autocontratarse y tener una remuneración bruta máxima de hasta 75 UF.
  • Si se contrata a algún cónyuge de los socios este se tomará como gasto rechazado ante el SII.

La constitución realizada mediante Empresa en un Día permite:

  • Obtener el RUT de empresa inmediato.
  • La constitución puede ser firmada por un notario.
  • Tiene el mismo peso jurídico y comercial que una constitución tradicional.
  • No es necesario publicar en el Diario Oficial la constitución.
  • Puedes descargar los certificados de Vigencia, Estatutos y Anotaciones todas las veces que quieras sin la necesidad de acudir al Conservador de Bienes Raíces.

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