En los tiempos actuales muchas personas han debido reinventarse para acaparar los problemas financieros producidos por la actual crisis económica. De estas, la mayoría explora la alternativa de generar nuevos emprendimientos. Sin embargo, como novatos en este territorio desconocen en gran medida qué clase de impuestos deben pagar para mantener su negocio en orden. Aquí abordaremos todo lo concerniente al Formulario 29, para que no tengas problemas con tu declaración de impuestos este 2023.
¿Qué es el Formulario 29 y para qué sirve?
El Formulario 29 corresponde a todas aquellas declaraciones de impuestos de carácter mensual que deben ser retenidos para luego ser enterados en las arcas fiscales. Entre los impuestos más conocidos que deben incluirse en esta declaración se hallan el Impuesto al Valor Agregado (IVA), los Pagos Provisionales Mensuales (PPM), las Retenciones a las Boletas de Honorarios y el Impuesto Único de Segunda Categoría.
El F29 es un documento que te provee el Servicio de Impuestos Internos (SII), por lo que su presentación es oficial; de hecho, el formulario debe conseguirse en la página oficial del SII. En cuanto a las tasas que deben presentarse en esta declaración de impuestos, tanto el IVA como los PPM se deben calcular en referencia a las compras y ventas que se llevaron a cabo durante el periodo declarado, correspondiente al año 2022.

El IVA en el Formulario 29
Debes establecer el IVA débito fiscal, ya que tienes el derecho a pedir la devolución del pago efectuado por concepto del impuesto; este asciende al 19 % del total de las ventas. En cuanto al IVA crédito fiscal, se obtiene de la misma forma, pero con respecto a las compras.
En el apartado Débito y Ventas del formulario deberás llenar los campos correspondientes al número de boletas, número de facturas, notas de débito y crédito que emitiste en el periodo. Por supuesto con tu IVA débito fiscal, es decir, el 19 % del total de ventas.
Finalmente, en el apartado Créditos y Compras deberás agregar la cantidad de boletas, facturas, notas de débito y crédito, además de tu IVA crédito fiscal. En este punto, el Servicio de Impuestos Internos hará el cálculo del pago del IVA restando los créditos correspondientes a los débitos.
El PPM en el Formulario 29
Hablando sobre los Pagos Provisionales Mensuales (PPM), estos se calculan automáticamente cuando agregas al formulario la tasa y el total de las ventas netas. Esta información se agrega en el apartado Impuesto a la Renta, entre las líneas 52 y 58. Recuerda que, según la actividad de tu negocio, deberás declarar toda clase de impuestos adicionales, como el impuesto específico al Diesel, el ILA, etcétera. Es importante que tomes en cuenta que este Formulario 29 debe ser declarado por todas aquellas personas que hayan iniciado alguna actividad personal y que se encuentren afectados por la Ley de Impuestos a las Ventas y Servicios.
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Declaración F29 sin pago
Cuando te halles frente al Formulario 29, te encontrarás con dos posibilidades. Una en la que no deberás pagar tus impuestos, sino tan solo declararlos, y otra en que, efectivamente, deberás declararlos y pagarlos. El primer caso se da cuando el casillero 91 de este formulario tiene un valor igual a cero o no se encuentra marcado; es decir, cuando la resta de los créditos a los débitos corresponde a este valor. El segundo caso, en el que debes efectuar el pago, se da cuando el casillero 91 tiene una cifra mayor a cero; es decir, cuando la resta de los créditos a los débitos da un valor que debe cancelarse.
En el caso de la declaración sin pago, a su vez, tendrás otras dos opciones: una con movimientos y otra sin movimientos. La declaración con movimientos se da en el caso de que los códigos de impuestos tengan valores superiores a 0. Y, al contrario, la declaración sin movimientos tendrá lugar cuando los códigos tengan valores iguales a cero, lo que significa que no ha habido transacciones que deban declararse. Estas opciones vienen listas al declarar tu información, por lo que no tendrás que hacer ningún cambio salvo que realmente lo necesites.
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Declaración F29 con pago
Puedes efectuar el pago f29 por Internet, con tarjeta vía WebPay o directamente con una cuenta corriente. Para ejecutar correctamente este pago, debes pagarlo antes del día 12 del siguiente mes. Existen excepciones, en cuyo caso puede pagarse hasta el día 20 del mes siguiente. Para tales casos deben cumplirse los siguientes requisitos:
• Para contribuyentes de primera categoría que aparezcan como facturadores electrónicos, o para los contribuyentes de segunda categoría que aparezcan como emisores de boletas de honorarios electrónicas.
• Para los contribuyentes que declaren y paguen por medio de la página de Internet del SII.
También puedes pagar en físico, mediante un cupón de pago que puedes imprimir y abonarlo en caja. Este pago debes efectuarlo en una institución recaudadora autorizada por el SII.
¿Cómo declarar el F29?
Para pagar el Formulario 29 necesitas tu clave secreta y tu RUT, los cuales ingresarás más adelante.De todas formas, puedes registrarte en el momento de forma muy sencilla. A continuación habrás de ingresar al menú Impuestos Mensuales, abrir el submenú de Declaración Mensual (F29) y, por último, elegir la opción Declarar IVA.
Ahora es cuando necesitas tu clave secreta y tu RUT. En la pantalla aparecerá un resumen de tu información como contribuyente: deberás seleccionar el formulario, el periodo y hacer clic en Ingresar Datos Nuevos. Aquí encontrarás el menú Tipo de Ingreso, el cual despliega las siguientes opciones.
• Upload. Puedes subir tu declaración emitida por un software autorizado por el SII.
• Formulario en Pantalla. Te permite llenar el formulario y enviarlo por Internet.
• Sin Movimiento. Puedes hacer la declaración sin movimientos, lo que facilita tu declaración.
• Propuesta 14 TER. Esta opción es para contribuyentes que se encuentran afectados por la Tributación Simplificada.
Cuando finalices el proceso, el sistema te dará un certificado. Debes guardarlo, ya que este acreditará que has efectuado correctamente tu declaración de impuestos.
La declaración de impuestos en el 2023
Este año deberás considerar una serie de cambios en el Formulario 29, los cuales te detallamos a continuación:
- IVA a Servicios: La Ley 21.420 que elimina las exenciones tributarias dejó a todos los prestadores de servicios afectos al pago del IVA, por lo que, tienes que tomarlo en cuenta para tu próxima declaración de impuestos, ya que tu empresa podría ser una de las afectadas. Aunque existen algunas excepciones, tales como las sociedades de profesionales; los servicios ambulatorios de salud, educación y transportes de pasajeros y lo estipulado en los artículos 12º y 13º de la Ley de Impuesto a las Ventas y Servicios.
- Pago del PPM para el Régimen Pro Pyme: Como forma de ayudar a las pequeñas y medianas empresas, durante la pandemia se decidió disminuir la tasa del Impuesto a la Renta y rebajar a la mitad el pago del PPM, teniendo que abonar el 0,5% de los ingresos mensuales. Pero, este beneficio tributario sólo se contempló hasta diciembre del 2022, por lo que, este año deberás considerar el valor real de la tasa, la cual es de 1%.
Y ya tienes listo el Formulario 29. ¿Viste como no era tan difícil? Puedes repasar esta información cuantas veces lo desees para asegurarte de no tener problemas en un futuro. Ten presente que no cumplir con la declaración mensual puede traer multas o sanciones de acuerdo con los artículos 97 al 104 del Código Tributario, afectando de manera considerable las finanzas de tu empresa y la relación que tienes con el SII.
*Información actualizada en febrero del 2023.