Si estás iniciando un negocio o pyme, hay muchas cosas que debes saber y para las cuales tienes que prepararte con anterioridad, una de ellas es saber y entender el sistema de impuesto a la renta en Chile.
Por eso, te invitamos a seguir leyendo y conocer ¿Qué es el impuesto a la renta? Y qué deberías considerar para estar preparado.
El impuesto a la renta es un tributo que se aplica a los ingresos de las empresas y personas. Si una empresa tiene utilidades, en efecto, debiese pagar impuesto y en algunos casos también sus socios.
En un mundo ideal las empresas sólo deberían preocuparse de maximizar sus utilidades, disminuir sus costos o gastos y generar más rentabilidad. El tema es que mientras mayor es la utilidad, mayor es el impuesto a la renta que se debe pagar.
Entonces, ¿cómo me preparo para el ejercicio de impuesto a la renta con foco en disminuir el pago o aumentar los beneficios?
«Si lo hago bien, podría disminuir el pago del impuesto a la renta, ya sea porque se han considerado todos los gastos y costos asociados a la actividad de la empresa o porque se han aprovechado los beneficios tributarios asociados al régimen elegido para el negocio.» explica Abraham Lazo, Gerente de Lofwork.
Atención a estos cuatro consejos para anticiparse al ejercicio del impuesto a la renta.
Una cosa son las facturas de compra (afecta o exenta) que puede recibir la empresa, pero también están las boletas de honorarios que se le emitan. Además, hay varios documentos que no siempre están en línea y pueden ser considerados dentro del gasto asociado a la actividad de la empresa.
Por ejemplo, ¿cuántas veces has tenido que gastar en taxi para llegar a una reunión? Ese es un gasto asociado a la actividad de la empresa, por lo que debe considerarse para el ejercicio del impuesto a la renta.
El problema es que muchos de esos gastos son boletas que recibimos a diario y se pierden en el limbo. Por eso, es importante ser ordenado y guardar todos esos documentos. Mejor aún si los registras en una planilla Excel para que tu contador registre ese gasto en el balance.
El pago provisional mensual (PPM), es el pago de una provisión para los impuestos anuales que se deban considerar. Si debes pagar 100 de impuesto y el PPM del año que pagaste es 90, solo debes pagar los 10 restantes, ya que el PPM funciona como una caja a favor de dicho impuesto. Si tu empresa tiene como resultado del ejercicio una pérdida, aunque sea de $1, te devolverán todo el PPM que hayas pagado el año de ejercicio.
Por ello, debemos ver el PPM como una cuenta de ahorro que nos permitirá pagar un monto menor si la empresa tiene utilidades, o cuyos montos serán devueltos si tienes pérdidas.
La estrategia de pago de PPM puedes conversarla con tu contador, teniendo claro el objetivo financiero que hayan trazado en conjunto.
Si estás pagando por un servicio, la idea es aprovecharlo al máximo. Por ello, es bueno que le pidas a tu contador que al menos de forma trimestral te entregue un balance para conocer el resultado parcial del ejercicio. Así podrán trabajar en conjunto para definir de qué manera optimizar el gasto por concepto de impuesto a la renta.
Este punto puede ser más extenso, por lo que vamos a profundizar más adelante. Aunque, podemos adelantarte que nosotros, en Lofwork, hemos logrado que las empresas obtengan una devolución de impuesto a la renta o una reducción del pago de ese ítem. si quieres saber más sobre esto te invitamos a leer «Régimen Tributario en Chile»
El proceso de impuesto a la renta debe considerar varios pasos entre ellos, validar la información contable y tributaria a presentar, completar las declaraciones juradas, efectuar el proceso de impuesto a la renta, por último realizar el pago o esperar la devolución correspondiente, siempre y cuando no existan objeciones por parte del Servicio de Impuestos Internos respecto del proceso.
Por eso te queremos contar cuales son los 5 pasos más importantes para que saques el máximo provecho al proceso de Impuesto a la Renta 2023.
Chequear junto a tu equipo contable las declaraciones realizadas, es un paso sencillo e importante de esta forma, si hay cualquier observación al proceso contable realizado anteriormente habrá tiempo para analizar y resolver con anticipación la preparación de declaraciones juradas.
Los pasos para esto son sencillos:
Allí se muestra si todo está en regla, como este caso de ejemplo
Es importante conocer el estado final de la empresa, para identificar si existieron utilidades o pérdidas en el ejercicio.
Si bien la recomendación es que este proceso se realice de forma periódica, puede ser trimestralmente, este es un momento importante para mirar este dato si no lo has hecho antes.
Ya con este dato tus asesores podrán indicar el monto aproximado de impuesto a la renta que deberá pagar la empresa (si hubo utilidades) o el monto de devolución en el caso de pérdidas.
Recuerda que dependiendo de la situación de la empresa, por ejemplo si tiene o no personas contratadas, deberán completar las declaraciones juradas que correspondan.
Para ello debes estar pendiente al calendario de declaraciones juradas entre el 01 de marzo y 30 de junio, te mostramos el detalle más abajo en esta nota.
Al enviar fuera de plazo estas DJ el SII impondrá multas que deberás pagar.
Sabías que dependiendo del régimen tributario que tenga la empresa puedes obtener algunos beneficios como rebajar el pago del impuesto a la renta como incentivo para la reinversión.
Así es, por ejemplo, si el régimen de tu empresa es Pro pyme General tienes este incentivo, entre otros beneficios.
Por ello es de suma importancia el tipo de régimen que hayas elegido anteriormente.
Preocúpate de tus ventas.
Nosotros hacemos tu Contabilidad y Gestión de personal
Si tu empresa tuvo utilidades deberá pagar el porcentaje de impuesto a la renta que corresponda al régimen tributario que haya elegido tu equipo contable.
De lo contrario, si tienes pérdidas y la empresa ha pagado PPM podrá solicitar la devolución de ellos, mediante transferencia a la cuenta corriente de la empresa.
Si la empresa no tiene cuenta corriente podrán solicitar la emisión de un cheque, esta llegará a la dirección de la empresa que tenga el Servicio de Impuestos Internos en sus registros.
Recuerda que el SII revisa la facturación y registros en sus sistemas, si un dato no les cuadra presentarán una observación al proceso que deberá ser resuelta por tu equipo contable.
No declarar los impuestos puede llevarte a recibir multas e intereses, incluso el representante legal de la empresa puede quedar con deuda ante la Tesorería General de la República e incluso imposibilitado para representar otras sociedades en el futuro.
Te presentamos las novedades de la Operación Renta 2023 para que estés informado cuando llegue el momento de hacer tus declaraciones.
Si bien son varias las modificaciones para este proceso, aquí te mencionamos algunas de ellas:
Fecha máxima de presentación | Declaración jurada | Para qué se aplica |
---|---|---|
1 de marzo | 1811 | Retenciones de renta |
1 de marzo | 1822 | Enajenación de derechos sociales, reinversiones y devoluciones de capital |
1 de marzo | 1834 | Seguros dotales contratados desde el 7 de noviembre de 2001 |
1 de marzo | 1891 | Compra y venta de acciones por corredores de bolsa y otros |
1 de marzo | 1900 | Cotizaciones previsionales obligatorias y pagos de cotizaciones en A.F.P |
1 de marzo | 1902 | Afiliados a instituciones previsionales antiguas (carabineros de Chile o caja de previsión de la defensa nacional) |
1 de marzo | 1903 | Seguro de ley de trabajadores independientes |
9 de marzo | 1896 | Créditos, dividendos o adquisición de vivienda nueva |
9 de marzo | 1898 | Intereses de créditos con garantía hipotecaria |
14 de marzo | 1948 | Sociedades anónimas abiertas |
17 de marzo | 1870 | Compra o venta de moneda extranjera (anual) |
17 de marzo | 1871 | Bonificaciones de ley |
17 de marzo | 1873 | Reembolsos pagados a ISAPRES y FONASA |
17 de marzo | 1890 | Intereses de depósitos por captación en entidades financieras |
22 de marzo | 1949 | Dividendos distribuidos y créditos correspondientes por acciones en custodia |
24 de marzo | 1812 | Rentas por jubilaciones, pensiones o montepíos, y retenciones del impuesto único de segunda categoría |
24 de marzo | 1832 | Donaciones |
24 de marzo | 1835 | Bienes raíces arrendados |
24 de marzo | 1862 | Transferencias de fondos desde y hacia el exterior por entidades bancarias por encargo de terceros |
24 de marzo | 1895 | Retiros de excedentes de libre disposición |
24 de marzo | 1897 | Nómina de bienes raíces agrícolas y no agrícolas donde hubo usufructo a favor de terceros |
24 de marzo | 1899 | Movimiento en cuentas de ahorro previsional voluntario |
24 de marzo | 1904 | Créditos sujetos a cumplimiento de asistencia de alumnos de pre-escolar, básica, diferencial y media |
24 de marzo | 1909 | Desembolsos y otras partidas |
24 de marzo | 1914 | Inversiones, reinversiones y retiros de depósitos a plazo, cuentas de ahorro, fondos mutuos y otros instrumentos financieros |
24 de marzo | 1919 | Representantes o agentes constituidos en Chile de inversionistas extranjeros |
24 de marzo | 1932 | Rentas obtenidas por terceros |
27 de marzo | 1828 | Ingreso y uso de donaciones deportivas, sociales y culturales |
27 de marzo | 1874 | Operaciones de instrumentos de deuda pública |
27 de marzo | 1889 | Cuentas de ahorro voluntario y ahorro previsional voluntario |
27 de marzo | 1894 | Inversiones, reinversiones, liquidaciones y rescate de fondos mutuos |
27 de marzo | 1948 | Para sociedades con socios personas jurídicas |
28 de marzo | 1887 | Rentas del sueldo y componentes de remuneración y retención del impuesto único de segunda categoría |
28 de marzo | 1879 | Retenciones de ley |
28 de marzo | 1922 | Información de fondos de terceros presentada por diversas instituciones financieras y de valores |
30 de marzo | 1829 | Contratos de derivados (anual) |
30 de marzo | 1840 | Incentivo tributario a la inversión privada en investigación y desarrollo (información de contratos) |
30 de marzo | 1841 | Incentivo tributario a la inversión privada en investigación y desarrollo (financiamiento de contratos) |
30 de marzo | 1843 | Proyectos de construcción con derecho a créditos especiales |
30 de marzo | 1933 | Información sobre mandatarios |
30 de marzo | 1944 | Saldos de cuentas de inversión |
30 de marzo | 1953 | Bienes físicos del activo inmovilizado e ingresos operacionales de proyectos de inversión |
30 de marzo | 1943 | Contribuyentes acogidos a contabilidad simplificada, planillas, contratos y renta presunta. Sociedad con socios personas naturales |
30 de marzo | 1947 | Renta Imponible a tributar con impuestos finales, Créditos y PPMs. Sociedad con socios personas naturales |
30 de marzo | 1948 | Sociedad con socios personas naturales |
18 de mayo | 1837 | Créditos y pagos provisionales mensuales en manos de socios y comuneros |
Junto con el F22 | 1943 | Empresarios individuales |
Junto con el F22 | 1947 | Empresarios individuales |
Junto con el F22 | 1948 | Empresarios individuales |
30 de junio | 1847 | Balance de 8 columnas y antecedentes (anual) |
30 de junio | 1866 | Compra de petróleo diesel |
30 de junio | 1867 | Rendimientos de vehículos que usan petróleo diesel para transporte terrestre de carga |
30 de junio | 1907 | Precios de transferencia |
30 de junio | 1913 | Caracterización tributaria global |
30 de junio | 1926 | Base imponible de primera categoría y datos contables |
30 de junio | 1930 | Endeudamiento en el exterior |
30 de junio | 1937 | Reporte país por país |
30 de junio | 1945 | Ingresos, desembolsos y antecedentes de organizaciones sin fines de lucro |
30 de junio | 1946 | Operaciones en Chile |
30 de junio | 1929 | Operaciones en el exterior |
30 de junio | 1950 | contribuyentes que, dentro del territorio nacional, tengan movimientos tributarios que consideren reportes de transferencia de beneficio y/o recursos entre otros países. |
30 de junio | 1951 | materia de precios de transferencia |
30 de junio | 1952 | materia de precios de transferencia |
En síntesis, siempre es bueno anticiparse a algunos pagos que si están bien planificados te quitan un enorme peso de encima. Por ello, recuerda que la planificación financiera y tributaria con tu equipo contable es clave.
déjanos tus datos o háblanos por whatsApp y no te preocupes ni por el tiempo ni por la distancia, podemos hablar por video llamada o tener una reunión virtual.