SII Informa quiénes deben Declarar Ingresos por arriendo de Propiedades

¿Tienes una o varias propiedades arrendadas y no sabes si debes declararlas en la Operación Renta? El Servicio de Impuestos Internos (SII) acaba de aclarar exactamente quiénes están obligados a incluir esos ingresos en su declaración anual de impuestos, y en qué casos puedes quedar exento gracias al beneficio del DFL-2 (entre otras particularidades).
A continuación, te cuento, de forma sencilla, qué dice la ley, en qué consiste el asistente de arriendo que ofrece el SII y por qué muchas más personas declararon estos ingresos este año.
Tabla de contenidos
¿Quiénes deben Declarar Ingresos por Arriendo?
Personas Naturales
- Si tienen hasta dos propiedades DFL-2 (viviendas de hasta 140 m²)
- El arriendo de estas dos primeras viviendas está exento, es decir, se considera “no renta” y no pagan impuestos.
- Aun así, el SII permite informarlas voluntariamente (con el asistente de arriendo) para confirmar que no tributan.
- A partir de la tercera vivienda DFL-2
- Cambia la historia: la renta por ese arriendo se declara siempre, y se paga el impuesto que corresponda.
- Si la vivienda no está acogida al DFL-2 (o es un inmueble distinto, como oficina, bodega, estacionamiento)
- Hay que declararlo en la Operación Renta, sin excepción.
Personas Jurídicas (empresas, sociedades, empresarios individuales)
- Nunca están bajo el beneficio DFL-2, así que tienen que declarar cualquier ingreso por arriendo de bienes raíces.
En términos simples: si no estás en el escenario de las dos primeras propiedades DFL-2 y/o eres una persona jurídica, sí o sí hay que sumarle esos ingresos al Formulario 22.
¿Por qué hay un Cambio y Qué Hace el SII?
La Ley N° 21.420, enfocada en recortar exenciones tributarias, dispuso que la exención de renta para viviendas DFL-2 no sea ilimitada. A partir de la tercera unidad acogida a este beneficio, los dueños ya tienen que pagar impuestos por los arriendos que reciben. Y eso aplica también si compraste esas viviendas antes del 2010.
Además, si no eres persona natural (o sea, eres una sociedad o empresa) tampoco puedes zafarte. Desde esta Operación Renta, debes tributar por cualquier arriendo, incluso si el inmueble es DFL-2.
Para hacerlo más sencillo, el SII sacó el Asistente de Arriendo de Bienes Raíces, donde informas tus propiedades arrendadas y automáticamente se calculan los montos a declarar. Está pensado especialmente para quienes tienen tres o más viviendas DFL-2 (o una segunda vivienda no DFL-2 que exceda los 140 m²). Según el SII, esta herramienta ayuda a los contribuyentes a “cumplir fácil y a tiempo” con sus declaraciones de arriendo.
Impacto en la Declaración de Renta 2025
El SII reportó que en la última Operación Renta aumentó muchísimo la cantidad de gente que declaró ingresos por arriendo:
- 16.445 contribuyentes en total, versus 25.000 el año anterior.
- Más de $1,1 billones de pesos declarados (unos USD 1.224 millones).
- De ellos, 101.279 usaron el Asistente de Arriendo (87% del total).
¿Por qué tantos más? Básicamente porque ahora:
- Muchos propietarios que antes no estaban obligados (por tener 3+ viviendas DFL-2 anteriores a 2010) tienen que declarar.
- Las personas jurídicas tampoco quedan exentas y deben informar estos ingresos.
El SII subraya que con esta declaración se incrementó significativamente el número de personas que saltaron a tramos más altos de Impuesto Global Complementario (IGC) y, por ende, tuvieron que pagar más impuesto.
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¿Cómo Declarar los Ingresos por Arriendo?
Si te toca, tendrás que incluir la información en tu Formulario 22 durante la Operación Renta. Aquí va un resumen de los pasos generales:
Revisa tu situación DFL-2
- • ¿Cuántas viviendas tienes?
- • ¿Cuáles son menores o iguales a 140 m²?
- • ¿Cuáles están en tu nombre y desde cuándo?
Comprueba si estás exento o no
- Si posees una o dos viviendas DFL-2, no pagas impuesto por esos arrendamientos. (Puedes informar voluntariamente con el asistente).
- Desde la tercera en adelante, sí, o si el inmueble no es DFL-2.
Accede al Asistente de Arriendo (opcional, pero muy recomendable)
- En la plataforma del SII, informas dirección, tipo de inmueble y renta mensual; el sistema hace los cálculos y rellena automáticamente la línea que corresponda en tu F22.
Verifica que el resto de tus ingresos también estén en orden (sueldo, honorarios, etc.), y envía la declaración.
Otros Cambios Clave
- Declaración Jurada 1835: Hubo cambios este año, ampliando las obligaciones de informar arrendamientos de bienes raíces (agrícolas y no agrícolas). Así, el SII recopila más datos y cruza la info para fiscalizar.
- Empresas y empresarios individuales: Si eres primera categoría, te afecta directamente. Tienes que declarar absolutamente todos los arriendos, sin el beneficio de DFL-2.
Consejos para No Tener Sorpresas
- Infórmate bien: Averigua cuántos m² tiene cada inmueble y si cumple las condiciones del DFL-2.
- Sé ordenado: Lleva un control de contratos de arriendo y pagos recibidos. En la Operación Renta, este historial ayuda a no equivocarte.
- Asesoría profesional: Si tu situación es compleja (muchas propiedades, sociedades, etc.), quizás sea buena idea acudir a un contador o tributarista.
- No dejes para último minuto: Mientras antes declares en el plazo oficial, mejor podrás resolver dudas y obtener devoluciones (si correspondieran).
Resumen Final
- 2 primeras propiedades DFL-2 de uso habitacional (hasta 140 m²): exentas (no renta). Puedes informar al SII voluntariamente.
- Tercera vivienda DFL-2 o propiedades no DFL-2: sí o sí debes declarar.
- Personas Jurídicas: siempre declaran por arriendos (no tienen exención DFL-2).
- SII: facilita el proceso con un Asistente de Arriendo y está recogiendo más datos que antes, lo que ha impulsado un aumento masivo de declarantes.
La conclusión más simple: si arriendas inmuebles y temes estar incumpliendo la normativa, revisa ya tu caso. De ser necesario, súmalos a tu Operación Renta para no exponerte a sanciones ni sorpresas. El SII resalta que incluir estos ingresos es crucial para reflejar correctamente tu base imponible, lo cual podría modificar tu tramo de impuesto final.
En pocas palabras, si arriendas, revisa si te toca declarar. Y si te corresponde, el SII pone a tu disposición un asistente especialmente diseñado para agilizar este trámite y evitar errores. ¡Así cumples con la ley y te quedas tranquilo!
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