devolucion de impuestos
La devolución de impuestos es un proceso que se lleva a cabo durante el primer semestre de todos los años, en abril y mayo específicamente. Para recibir esta devolución, tanto si eres persona natural como si cuentas con una empresa, es necesario contar con ciertos requisitos que pasaremos a mencionar uno por uno. Si estás interesado en saber si tú eres uno de los posibles beneficiados de esta devolución de impuestos, ¡quédate con nosotros y sigue leyendo!
Primero que todo, es necesario que sepas que para recibir la devolución de impuestos pertinente debes llevar a cabo la Operación Renta del mismo periodo. La Operación Renta debe ser ejecutada por todas las personas, tanto naturales como jurídicas, que hayan percibido ingresos en un período determinado, sin importar el monto que tengan. Luego el SII indicará si les corresponde pagar impuestos.
Los contribuyentes que llevan adelante este proceso se dividen en dos tipos.
*Recordemos que a partir del 1 de enero del 2023 comenzó a regir la Ley 21.420, en la cual se cambió la definición de servicios, dejando exentos de IVA solo a los prestadores de salud y a las sociedades de profesionales.
Ahora, pasando al punto que nos atañe, la devolución de impuestos no aplica para todos los anteriores. Este proceso depende del monto de las rentas percibidas por los contribuyentes, y el cálculo se lleva a cabo respecto al régimen tributario en cuestión. Luego mencionaremos los existentes.
Todas las personas naturales que emiten boletas de honorarios deben llevar a cabo la Operación Renta con respecto al paso anterior. Para tales fines, debes ingresar a la página web del Servicio de Impuestos Internos (SII) y llenar el Formulario 22. Puedes hacerlo por ti mismo, aunque la propia plataforma puede calcular los montos automáticamente. Te recomendamos esta última opción.
Para que las personas naturales antes mencionadas puedan recibir la devolución de impuestos, deben cumplir con el siguiente requisito: ser contribuyentes que hayan emitido boletas de honorarios durante el año anterior por un monto total que no supere la renta establecida por ley. Es decir, los contribuyentes que declaran una renta igual o inferior a $8.775.702.
Además, los jubilados y trabajadores dependientes que se encuentran en la categoría de impuestos de Segunda Categoría y que no poseen ingresos adicionales bajo conceptos de sueldo, salario o pensión, también se encuentran exentos de pagar el impuesto a la renta sin importar el monto de sus ganancias. En cuanto a los trabajadores que perciben ingresos de más de un empleador, estos deben declarar y pagar el impuesto sí o sí.
Y en lo que respecta a las empresas, algunas de ellas pueden recibir la devolución de impuestos. Para tales fines, debemos comparar el pago de PPM (Pagos Provisionales Mensuales) con el impuesto de determinación de la Renta Líquida Imponible que hayas efectuado durante el periodo calculado. Si los Pagos Provisionales Mensuales son mayores, entonces tu empresa tendrá derecho a una devolución de impuestos.
Preocúpate de tus ventas.
Nosotros hacemos tu Contabilidad y Gestión de personal
Es de suma importancia que tengas en cuenta cuál es el régimen tributario al que perteneces. En nuestro país existen 4 clases de regímenes tributarios. En este punto debes elegir cuál determinará tu pago de impuestos. Los regímenes existentes son los siguientes.
Elegir el régimen específico para tu empresa es fundamental para determinar cuáles son los impuestos que debes pagar, así como para saber si te corresponde la devolución de impuestos pertinente. Además, no olvides que debes presentar las declaraciones juradas acorde al régimen en cuestión, que puedes encontrar en el sitio del Servicio de Impuestos Internos.
Una vez hayas realizado la Operación Renta como persona natural y que el sistema haya verificado que te encuentras libre de pago, deberás recibir la retención de impuesto de Segunda Categoría que te corresponda . En el año 2022, este monto equivalía al 12,25% de la cifra total del periodo. En el año 2023, esta cifra debería subir al 13% de los ingresos totales.
En el caso de las pequeñas y medianas empresas, este beneficio debes calcularlo sacando el promedio simple entre los Pagos Provisionales Mensuales (PPM) del período en cuestión y el saldo positivo del F22 del año anterior al correspondiente, todo ello más el saldo a favor del periodo actual. Esta suma de saldos positivos se divide por 2.
En caso de que tu empresa tenga un inicio de actividades que corresponda a un plazo menor de 3 años, entonces solo debes considerar el año que corresponde y no sumar el periodo inmediatamente anterior. En ese caso, y si la devolución de impuestos es inferior a 1 UTM, no procederá ninguna clase de anticipo.
Esta devolución de impuestos puede ser un gran beneficio para los empleados y negocios con unos ingresos más ajustados. Lo entrega el Estado de Chile, tanto para los trabajadores que reciben rentas inferiores a $8.775.702 al año como para aquellas empresas que cumplen con ciertos requisitos tributarios. Recuerda: si vas a aplicar para la devolución de impuestos es muy importante que lleves adelante el proceso completo de Declaración de Renta. ¡Solo así podrás ser tenido en cuenta!