Nueva exigencia SII: Formalización obligatoria para usar máquinas POS

A partir del 1 de octubre entra en vigencia una de las medidas más relevantes de la Ley de Cumplimiento de las Obligaciones Tributarias: para realizar varias gestiones con el Estado y con actores privados claves (Maquinas POS, bancos, medios de pago y marketplaces) será obligatorio acreditar inicio de actividades ante el SII. La norma se había postergado tres meses para preparar a los involucrados; ahora parte formalmente.
Tabla de contenidos
Qué cambia y desde cuándo
- Desde el 1 de octubre las entidades públicas y privadas indicadas por la ley deberán exigir que la persona o empresa tenga inicio de actividades para autorizar trámites, entregar servicios, intermediar operaciones o otorgar créditos vinculados a actividades económicas. La medida apunta a reducir la informalidad y asegurar que todos operen “bajo las mismas reglas”.
Quiénes deben exigir “inicio de actividades”
El artículo y las láminas informativas del documento resumen cuatro grupos que tendrán que pedir la acreditación de inicio de actividades antes de operar contigo. En simple:
- Órganos de la administración del Estado, GOREs y municipalidades
Lo incorporarán como requisito para trámites donde autorizan una actividad económica (por ejemplo, patente comercial o participación en licitaciones). - Bancos comerciales
Lo exigirán al otorgar créditos o préstamos a personas jurídicas u otras entidades empresariales (incluye empresario individual). - Administradores / operadores de medios de pago electrónicos
Será requisito para quienes contraten sus servicios con fines comerciales (por ejemplo, adquirir una máquina POS o habilitar una cuenta de pago para ventas). - Plataformas digitales de intermediación (marketplaces)
Deberán pedirlo a vendedores y prestadores que ofrezcan productos o servicios a través de la plataforma.
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Cómo se está preparando el SII
- Oficio e inducciones: el SII informó por oficio N°137 a ministerios, servicios, GOREs y municipios, y ha sostenido reuniones para explicar la exigencia y resolver dudas.
- Verificación masiva: se implementa un sistema de intercambio de información para que organismos del Estado consulten en línea si un contribuyente tiene inicio de actividades.
- Ventanilla simplificada: el SII habilitará en su web un proceso simplificado de inicio de actividades, sin adjuntar documentos y concentrando en un solo lugar emisión de boletas y pago de impuestos mensuales.
Calendario y próximos hitos
- 1 de octubre de 2025: parte la exigencia general de acreditar inicio de actividades frente a organismos públicos, bancos, medios de pago y marketplaces, con los matices operativos de cada grupo.
- Desde el 1 de enero de 2026: medios de pago y marketplaces deberán además verificar el cumplimiento tributario de los usuarios que atienden (criterios que el SII definirá por resolución). Entre los antecedentes que se barajan: ser no declarante de IVA o renta, tener denuncia/querella por delitos tributarios o documentos por justificar no corregidos.
Dato de contexto: entre junio y agosto de este año, los inicios de actividades crecieron 23% vs. igual período del año pasado, y en el 2° semestre de 2024 subieron 13,8%; el pico fue octubre (publicación de la ley), con +30,8%.
Impacto para emprendedores y pymes
- Crédito y servicios financieros: si solicitas líneas o créditos en banco sin inicio de actividades (siendo empresa o empresario individual), te lo pedirán como requisito.
- Pagos y ventas: para contratar maquinas POS o activar cuentas de pago (Web/Móvil) tendrás que acreditar formalización; desde 2026 estos actores verificarán además tu cumplimiento (no solo la existencia del inicio).
- Marketplaces: si vendes en plataformas, deberás tener inicio de actividades; en 2026, revisarán tu comportamiento tributario.
- Estado y municipios: para patentes, permisos, licitaciones y otros trámites, la formalización será condición de entrada.
Conclusión práctica: si planeas emprender o escalar (abrir medios de pago, vender en marketplace, postular a licitaciones o pedir crédito), formalízate ahora y asegúrate de declarar periódicamente (incluso en cero) para no aparecer como “no declarante” en las verificaciones de 2026.
Checklist de preparación (rápido y accionable)
- Define tu figura: persona natural con giro o sociedad (SpA, Ltda., EIRL).
- Inicio de actividades en SII (aprovecha el sistema simplificado cuando esté disponible).
- Domicilio tributario válido y, si corresponde, patente municipal.
- Emisión de boletas/facturas configurada (electrónicas).
- Declaraciones al día: IVA (F29) y renta (F22) aunque estés “en cero”.
- Medios de pago/marketplace: guarda tus contratos y políticas; desde 2026 verificarán cumplimiento.
- Bancos: si pedirás crédito como empresa/empresario individual, ten inicio de actividades vigente.
Ventajas de formalizarse a tiempo
- Acceso a ventas y cobros formales: podrás contratar medios de pago y vender en plataformas sin fricciones.
- Competitividad: participar en licitaciones y obtener patentes/comprobantes sin reprocesos.
- Financiamiento: bancos requieren inicio de actividades para evaluar créditos comerciales.
- Menos riesgo futuro: entras a 2026 cumpliendo (declaraciones periódicas), evitando banderas rojas en la verificación de comportamiento.
Preguntas frecuentes (FAQs)
1) “Solo vendo por Instagram con transferencia. ¿También aplica?”
Si es actividad económica habitual, la formalización te será requerida para contratar medios de pago o vender en plataformas; y para varios trámites con municipios/Estado.
2) “Soy freelancer y emito boletas de honorarios. ¿Debo formalizarme?”
La pauta oficial apunta a acreditar inicio de actividades cuando interactúas con bancos/medios de pago/marketplaces o órganos públicos vinculados a tu actividad. Si solo emites boletas de honorarios a clientes, revisa tu caso con el SII y evalúa si tu operación requiere inicio de actividades comercial.
3) “¿Los bancos pedirán inicio de actividades para cualquier crédito?”
Para créditos comerciales a personas jurídicas y entidades empresariales (incluye empresario individual), sí.
4) “¿Qué pasa con los marketplaces desde 2026?”
Además de pedir inicio de actividades, verificarán cumplimiento tributario de quienes venden en la plataforma, con criterios que el SII definirá por resolución.
5) “¿Y los medios de pago?”
Desde 2026, deberán verificar que sus clientes cumplan (no solo que estén formalizados).
6) “¿Habrá una forma más fácil de iniciar actividades?”
Sí: el SII anunció un sistema simplificado en su web para iniciar actividades sin adjuntar documentos, que además integrará boletas y pagos mensuales.
7) “¿Aumentó la formalización por esta ley?”
Sí: +23% en jun–ago vs. 2024; +13,8% en el 2° semestre de 2024, con +30,8% en octubre (mes de publicación).
Conclusión
La exigencia de inicio de actividades deja de ser un “trámite opcional” y pasa a ser la llave de entrada para operar con el Estado, bancos, medios de pago y marketplaces. Desde el 1 de octubre tendrás que acreditar formalización y, a partir de 2026, algunos actores además verificarán tu comportamiento tributario. Si planeas vender en plataformas, usar POS, pedir financiamiento o postular a licitaciones, formalízate ahora y mantén tus declaraciones al día (aunque sean en cero).
En la práctica, el camino más seguro es:
- Elegir figura (persona natural con giro o sociedad) y abrir inicio de actividades.
- Configurar emisión electrónica (boletas/facturas) y domicilio tributario; gestionar patente si corresponde.
- Cumplir mensualmente con F29 y anualmente con F22, resguardando libros y respaldos.
- Revisar contratos con medios de pago y marketplaces, y preparar antecedentes para bancos.
- Asignar un responsable interno y un calendario de cumplimiento.
Quien llegue formalizado y ordenado enfrentará menos fricciones, abrirá más canales de venta y tendrá mejor acceso a financiamiento. Es un cambio de reglas que premia a quienes se preparan.
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