El domicilio tributario, a grandes rasgos, es un requisito clave, tanto para personas naturales y/o jurídicas, para acceder a obligaciones y derechos tributarios. Este se establece de cara al Servicio de Impuestos Internos con el objetivo de facilitar tu ubicación como contribuyente. Por ello, en este artículo te mencionaremos los aspectos más importantes de este importante requerimiento impositivo.
¿Qué es el domicilio tributario?
El domicilio tributario es el lugar y/o la dirección al interior del territorio nacional donde una persona natural o jurídica ha dispuesto su residencia con el ánimo real de permanecer allí durante mucho tiempo. Dicho en otras palabras, es la circunscripción en un territorio.
En el caso específico de la persona jurídica, es la ubicación donde se fija el asentamiento para cumplir con los deberes tributarios y ejercer los derechos que otorga la ley. A este respecto, debes tener en cuenta las siguientes consideraciones:
- El domicilio tributario es un requisito indispensable que toda persona jurídica debe cumplir.
- La persona jurídica tiene la obligación de informar del establecimiento del domicilio tributario a las autoridades competentes.
- El domicilio tributario debe notificarse en el momento de Inicio de Actividades. De este modo, el Servicio de Impuestos Internos contará con un domicilio registrado, el cual usará para ubicar al contribuyente en los procesos de pago de contribuciones.
- Este domicilio es diferente al domicilio comercial, ya que este último corresponde al lugar en el cual llevas a cabo efectivamente tu actividad comercial.
¿Es obligatorio tener domicilio tributario?
Toda persona jurídica tiene la obligación de tener un domicilio tributario. Sin embargo, nos encontramos que, en la actualidad, muchas empresas realizan negocios online o tienen vínculos con empresas extranjeras, por lo que puede suceder que no cuenten con un domicilio tributario en nuestro país.
En el caso de estas organizaciones sin domicilio en una circunscripción territorial, es posible contar con una dirección tributaria virtual . Esta es una opción más que recomendable para empresas en sectores en constante movimiento, como organizaciones tecnológicas, inmobiliarias y empresas turísticas.
Con este domicilio virtual, dichas empresas tienen la posibilidad de presentarse de manera legal ante el Servicio de Impuesto Internos y la municipalidad que les corresponde. Gracias a este estatus, las organizaciones pueden comenzar a facturar debidamente y así evitar riesgos de multas.
Tipos de domicilio y diferencias
Para que tu empresa comience a emitir facturas, es preponderante que conozcas los pasos a dar antes de poder llevar a cabo esta acción. Por consiguiente, debes conocer las diferencias entre el domicilio tributario, el domicilio comercial y la dirección postal de tu negocio. También es muy recomendable que entiendas en qué casos pueden coincidir.
Domicilio tributario
Este es el domicilio registrado para recibir notificaciones por parte del SII. En este caso, tienes la posibilidad de ser notificado de tres formas: presencial, por carta o por cédula. Para contar con uno, es necesario que hagas la inscripción en el Rol Único Tributario. Para ello, tendrás que rellenar el formulario 4415.
Domicilio postal
Al registro de tu domicilio tributario tienes la opción de adicionarle un domicilio postal. Según lo estipulado en el artículo 11° del Código Tributario de nuestro país, este domicilio corresponde a un correo o un apartado postal a tu elección. En esta dirección podrás recibir las notificaciones del SII. Solo tenemos que recalcar que el domicilio postal no es un domicilio físico con calle, avenida o número de edificio.
Domicilio comercial
Este es el lugar donde tu empresa o tú, como independiente, realizas tu actividad de manera efectiva. A este respecto, pueden darse dos situaciones: que el domicilio comercial coincida con el domicilio tributario o que sean diferentes. Sea cual sea tu caso, es importante que consideres la siguiente información:
- Revisa el destino del inmueble que marcas como domicilio. De este modo, te aseguras si será domicilio comercial o no.
- Verifica que el inmueble que deseas destinar como domicilio comercial cumple con los requisitos para ser utilizado como tal. Para esto, estudia los requisitos que pide la municipalidad para otorgar dicho estatus.
Detalles al acreditar el domicilio
Para acreditar debidamente el domicilio ante las autoridades tributarias de nuestro país, es necesario que inicies actividades en el SII. Para tales fines, deberás acreditar el uso que le darás a la propiedad que habilitarás como domicilio de tu empresa.
¿Cómo se acredita el uso de la propiedad?
Existen tres vías para acreditar la utilización de la propiedad ante las autoridades. Ahora bien, escoge el que te parezca más sencillo o se ajuste más a tus posibilidades:
- Si tú o uno de tus socios ya es propietario de un inmueble, o la empresa cuenta con uno, entonces es posible que lo acredites para tales fines.
- Demuéstrale al SII el empleo de la propiedad enseñando el contrato de arriendo del inmueble.
- Mediante una cesión efectiva de la propiedad a la empresa, autorizando el uso de la propiedad para fines tributarios y/o comerciales.
Sin embargo, hay cientos de empresarios y emprendedores, tanto nacionales como extranjeros, que realizan actividades de diversa índole (muchas fuera de territorio nacional), por lo que no cuentan con domicilio físico en ninguno de los casos antes mencionados. En tales ocasiones, y como mencionamos, arriendan una oficina virtual para llevar a cabo sus responsabilidades fiscales.
Acreditar el domicilio ante el SII
Una vez hayas llevado a cabo los pasos anteriores y tengas el domicilio tributario inscrito en el Servicio de Impuestos Internos, podrás realizar lo siguiente:
- Hacer la inscripción del RUT en el organismo competente.
- Dar aviso de que tu empresa ha iniciado actividades.
- Comenzar a emitir facturas.
Últimas consideraciones sobre el domicilio tributario
Desde el 1 de junio del año 2020, los contribuyentes están en condiciones de hacer la inscripción del RUT y notificar el Inicio de Actividades al Servicio de Impuestos Internos de manera online. De esta manera, se favorece enormemente la agilidad de los procesos y el acceso de diferentes emprendedores al sistema. Como tal, solo es cosa de que ingreses al sitio web del SII y ejecutes dicho proceso, después de saber a ciencia cierta cuál es el domicilio tributario de tu empresa.
Arrienda la mejor Oficina Virtual si no puedes usar tu hogar como domicilio tributario de tu empresa.
Descarga el catálogo de precios y obtén información detallada sobre nuestro servicio