Los pagos provisionales mensuales (PPM) son una parte importante de los componentes contables presentes en los 5 regímenes tributarios. Como tales, son obligaciones tributarias que tu empresa ha de considerar para amortiguar el pago por concepto de tributos anuales. En este artículo vamos a explicarte todo lo relacionado con este abono mensual.
¿Qué son los pagos provisionales mensuales?
Los PPM son pagos que pueden efectuar los contribuyentes, tanto empresas como personas naturales, como una provisión contra los impuestos anuales que se determinan al final de un periodo (los que deben pagarse hasta el 30 de abril del próximo año). En otras palabras, son pagos al fisco que se realizan mes a mes para cubrir una parte de los impuestos cuando se realiza la Operación Renta al final del periodo. Este abono ha de efectuarse mediante el Formulario 29 . Los PPM se componen de lo siguiente:
- Base imponible. Este monto hace referencia a las ventas netas mensuales.
- Tasa. Depende del inicio de actividades de tu organización y del régimen tributario al que pertenezca.
- PPM neto determinado. Corresponde al monto que se obtiene calculando la tasa sobre la base imponible. Es la cantidad que debes pagar por medio del formulario 29.
¿Cuál es la normativa que los regula?
El artículo 84 de la Ley sobre Impuesto a la Renta regula los montos, los porcentajes y, en el caso de que existan, las devoluciones. Además, en este artículo se mencionan las excepciones para el pago de estas provisiones. Puedes obtener más información revisando la Circular Número 16 del 1991, emitida por el Servicio de Impuestos Internos (SII).
¿Quiénes deben pagarlos?
Los contribuyentes obligados a pagar los pagos provisionales mensuales que están tipificados en el artículo 84 de la citada ley son los siguientes:
- Profesionales Independientes.
- Contribuyentes que llevan a cabo actividades en diferentes rubros.
- Venta de minerales.
- Transportes terrestres.
- Talleres artesanales y obreros.
¿Cómo se calculan y cuáles son los porcentajes/tasas?
Para calcular los PPM para el siguiente periodo, has de tener en cuenta varios porcentajes que corresponden a datos específicos. Algunos de estos dependen del régimen tributario de tu organización. A continuación, te damos un ejemplo con datos referenciales que, en ningún caso, son reales.
- Base imponible IDPC año comercial 2021: $20 000 000.
- IDPC pago AT 2022: $1 000 000.
- Tasa Impuesto de primera categoría: 25 %.
- Tasa PPM enero a marzo 2021 (tasa a): 1,5 %.
- Tasa PPM abril a diciembre 2021 (tasa b): 1,4 %.
- PPM pagado año 2021: $6 000 000.
Para calcular la tasa promedio de PPM, se debe efectuar esta operación matemática:
- Tasa promedio = [(enero – marzo x 3) + (abril diciembre x 9)] / 12
- [(1,5 x 3) + (1,4 x 9)] / 12 = 1,43
El cálculo del incremento o disminución de tasa se realiza de la siguiente forma:
- Incremento o disminución = (base imponible x tasa impuesto 1° categoría) – créditos – PPM actualizados] / PPM actualizados
- [(20.000.000 x 0,25) – 0 – 6.000.000] / 6.000.000 = -0,16 = -16 %
Por último, este es el cálculo de PPM determinado para el periodo de abril 2021 a marzo 2022:
- Tasa PPM = tasa promedio + [tasa promedio x incremento o disminución de tasa]
- 1,43 + [1,43 X -0,16] = 1,43 – 0,23 = 1,20
Variación de la tasa del impuesto de primera categoría
La tasa promedio del impuesto de primera categoría varía en función del régimen tributario. En el caso del régimen pro-pyme general, este asciende a un 25 %, mientras que para el régimen general semiintegrado es del 27 %. Además, el PPM puede ser diferente según las utilidades que percibe tu empresa.
Para el régimen pro-pyme general, estos porcentajes se comprenden de la siguiente manera:
- En el año inicial, la tasa es del 0,25 %.
- En caso de que los ingresos brutos del año anterior hayan sido menores a 50 000 UF, se mantiene en 0,25 %.
- Si los ingresos brutos del año anterior fueron mayores a 50 000 UF, el PPM es del 0,5 %.
Por otro lado, los PPM para el régimen pro-pyme transparente son:
- En el año inicial, corresponden al 0,2 %.
- Si los ingresos brutos del año a calcular no exceden las 50 000 UF, el PPM es del 0,2 %.
- Si los ingresos brutos sobrepasan las 50 000 UF, el PPM asciende a 0,5 %.
¿Qué sucede si no pago el PPM?
De forma similar a lo que ocurre con la gran mayoría de las responsabilidades fiscales que hay en nuestro país, el Servicio de Impuestos Internos puede decretar varias sanciones y multas. Las distintas cuantías de estas se encuentran establecidas en la Ley del Impuesto a la Renta.
La multa corresponderá al 10 % del total del impuesto adeudado. Además, dicha sanción tendrá un cargo del 2 % por cada mes de retraso. Sin embargo, recuerda que el importe puede variar dependiendo de si ha sido detectada alguna omisión en la información declarada durante el proceso de fiscalización.
¿En qué circunstancias puede suspenderse el PPM?
Según el artículo número 84 de la Ley del Impuesto a la Renta , el PPM puede suspenderse de manera excepcional en los casos en que los contribuyentes de primera categoría hayan sufrido pérdidas en el año comercial a calcular. Si se da este caso, la ley suprime el pago del PPM durante el primer trimestre del siguiente año.
Esta alternativa tiene por fin ayudar a los contribuyentes para que puedan cancelar pagos adeudados con bancos o proveedores . De esta forma, tienen la posibilidad de ordenar sus finanzas y evitar la quiebra.
En este artículo hemos realizado un resumen acotado sobre qué son los PPM, quién ha de pagarlos, cuáles son sus montos y cómo calcularlos. Con esta información en tus manos, podrás llevar a cabo este proceso de manera más fidedigna y así no tener problemas con el Servicio de Impuestos Internos. En cualquier caso, te recomendamos buscar el asesoramiento de un profesional cualificado para que te ayude en lo posible si tienes alguna duda. ¡Tu empresa se merece recibir y ofrecer el mejor servicio!
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