Inicio de actividades para conductores de aplicaciones (guía 2025)

Si conduces para Uber, DiDi o Cabify, te conviene iniciar actividades como persona natural (segunda categoría) para estar formal y al día con el SII. Desde 2024, las plataformas emitirán una boleta mensual a tu nombre con retención automática de impuestos (14,5% en 2025). Además, como el transporte de pasajeros está exento de IVA, no necesitarás presentar el F29 por este servicio.
¿Cómo afecta esto a tu trabajo y finanzas? Sigue leyendo para entender todos los detalles y cómo este proceso puede beneficiarte.
Tabla de contenidos
Lo esencial en 1 minuto sobre inicio de actividades para conductores
- Boletas: hoy las emite la plataforma cada mes (no tú), con retención incluida.
- Inicio de actividades: hazlo como persona natural, 2ª categoría (honorarios). Además, plataformas y medios de pago están obligados a exigir IA (norma 2025, implementación extendida hasta 2 de enero de 2026).
- IVA: exento en transporte de pasajeros → no declaras F29 por este servicio.
- Retención 2025: 14,5% sobre tus honorarios; se usa después en tu renta y cotizaciones.
¿Debo emitir boletas? ¿Quién las emite hoy?
Desde la Resolución Exenta SII N°132 (20-11-2023), la empresa de plataforma digital emite, a más tardar el día 5 de cada mes, una boleta de prestación de servicios de terceros por lo que hiciste el mes anterior. Además, retiene y entera tu impuesto ante el SII. Por eso, tú no emites boleta por estos viajes.
Ojo: si no hubo viajes en el mes, no se emite boleta. La plataforma retiene según el porcentaje vigente del SII. En 2025, la retención general de honorarios es 14,5%.
Inicio de actividades: paso a paso (segunda categoría)
- Ingresa a sii.cl con Clave Tributaria o ClaveÚnica → Servicios online → RUT e Inicio de Actividades.
- Selecciona “persona natural” y declara tu actividad (ver más abajo “Códigos sugeridos”).
- Domicilio: indica tu dirección real (puede ser tu domicilio tributario).
- Envía el aviso (plazo: dentro de 2 meses desde que comienzas).
- Listo: no necesitas emitir boletas (la plataforma lo hace por ti), pero sí revisar que tus boletas y retenciones aparezcan en tu SII y que tu Declaración de Renta (F22) quede correcta cada abril.
Códigos de actividad sugeridos (SII)
Para clasificar tu actividad, puedes usar alguno de estos códigos económicos del SII vinculados al transporte de pasajeros (elige el que mejor refleje tu operación):
- 492230: Servicios de transporte de pasajeros en taxis libres y radiotaxis.
- 492190: Otras actividades de transporte urbano y suburbano de pasajeros por vía terrestre n.c.p.
(Revisa el listado/homologación de códigos del SII al iniciar actividades).
IVA y tu caso (exento, sin F29)
El transporte de pasajeros está exento de IVA según el SII. ¿Qué implica?
- No cobras IVA en el servicio.
- No declara(s) F29 por este servicio de conducción.
- Tu foco tributario está en honorarios (segunda categoría) y renta anual.
Retención y cotizaciones (2025)
- Retención: en 2025 la tasa es 14,5%; la retiene y paga la plataforma cuando emite la boleta mensual.
- Cotizaciones (Ley 21.133): quienes emiten boletas (o reciben boleta emitida en su nombre por la plataforma) deben cotizar en la Operación Renta anual (salud, AFP, seguros). El SII y TGR calculan y destinan parte de tu devolución/si procede a cotizaciones obligatorias.
Tip rápido: si quieres mayor cobertura previsional, puedes pagar mensualmente tus cotizaciones en la AFP/ISL (no es obligatorio si cotizas en Renta, pero mejora tu protección).
¿Y si quiero operar “como taxi” o “como empresa”? (alternativas)
A) Renta Presunta (transporte de pasajeros “clásico”)
Existe un régimen especial donde la renta se presume 10% del valor del vehículo, con obligaciones como PPM mensual (0,3% del valor corriente en plaza). En ese marco, hay exenciones de aviso de inicio para quienes explotan vehículos y están en presunta (con excepciones). No es el camino usual para conductores de plataformas —porque hoy están tratados como honorarios—, pero existe como alternativa. Consulta con tu contador si te conviene.
B) Operar “como empresa” (1ª categoría)
Puedes constituir una SpA y facturar exento por transporte de pasajeros; requiere contabilidad, patente/uso de suelo y otras obligaciones formales. No es indispensable para partir y no reduce la retención de honorarios de la plataforma mientras la uses (salvo que cambies el vínculo). Evalúalo solo si vas a escalar flota/equipo.
Errores frecuentes y cómo evitarlos
- No iniciar actividades “porque la app emite boletas”: hoy la plataforma emite, pero la política pública exige IA a oferentes de servicios (plataformas/medios de pago te lo pedirán). Hazlo y evita bloqueos.
- Confundir tu caso con IVA: el transporte de pasajeros está exento → sin F29 por este servicio.
- No revisar tus boletas/retenciones: entra a tu SII y confirma que calzan con lo depositado por la plataforma.
- Ignorar cotizaciones: con honorarios debes cotizar en Renta (y puedes mensualizar si quieres más cobertura).
Preguntas frecuentes (FAQs)
1) ¿Tengo que iniciar actividades si Uber/DiDi emite la boleta?
Sí, haz tu IA como persona natural (2ª categoría). Además, las plataformas y medios de pago están obligados a exigir que sus usuarios tengan IA.
2) ¿Debo emitir boletas yo?
No. Desde la Res. Ex. SII 132, la plataforma emite la boleta por ti y retiene el impuesto.
3) ¿De cuánto es la retención en 2025?
14,5% sobre tus honorarios (sube gradualmente hasta 17% en 2028).
4) ¿Pago IVA? ¿Debo hacer F29?
No por este servicio: el transporte de pasajeros está exento de IVA → sin F29.
5) ¿Qué código de actividad uso al iniciar actividades?
Puedes usar 492230 (taxis libres/radiotaxis) o 492190 (otras actividades de transporte urbano y suburbano de pasajeros). Revisa el listado del SII.
6) ¿Cuándo debo hacer el trámite?
Dentro de los 2 meses desde que empiezas a generar ingresos.
7) ¿Y la renta presunta para transporte?
Existe, pero es otro camino (más propio del taxi “tradicional”): presume renta sobre el valor del vehículo y tiene PPM mensual. Si manejas por app, normalmente vas por honorarios.
Conclusión y próximos pasos
Para manejar sin sobresaltos:
- Inicia actividades como persona natural, segunda categoría.
- Verifica que tus boletas (emitidas por la app) y retenciones estén correctas.
- Recuerda: exento de IVA → sin F29 por este servicio.
- En abril, declara renta; tus cotizaciones se calculan allí (y puedes mejorar cobertura pagando mensual).
¿Lo dejamos operativo hoy?
Te acompañamos con el inicio de actividades, revisión de códigos, y un checklist para renta/cotizaciones