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Requerimiento del SII: qué hacer

18 junio, 2026
requerimiento del SII

Recibir un requerimiento del SII suele producir una reacción inmediata: buscar papeles, preguntarle rápido al contador y contestar antes de que el plazo avance. El problema es que una respuesta apurada puede ser peor que una respuesta tardía bien preparada. En una empresa, responder al Servicio de Impuestos Internos no es solo enviar documentos. Es ordenar una versión consistente de los hechos, respaldarla con antecedentes y evitar contradicciones que abran nuevas preguntas.

Un requerimiento SII empresa debe tratarse como una señal de revisión formal. Lo primero es identificar qué pide exactamente el Servicio, que período revisa, que operación está observando, qué plazo entrego y qué consecuencias podría tener una respuesta incompleta. Desde ahí conviene armar una carpeta documental, revisar la coherencia contable y tributaria, definir responsable interno y responder con criterio, no solo con volumen de archivos.

Tabla de contenidos

  • Respuesta directa: qué hacer si llega un requerimiento del SII
  • Qué significa realmente un requerimiento del SII
  • Por qué no conviene improvisar la respuesta
  • Primer paso: leer la notificación como una ficha de riesgo
  • Qué pasa si la empresa no responde
  • Qué documentos conviene reunir primero
  • Cómo construir una respuesta qué no aumente el riesgo
  • Cuando pedir prórroga y cómo decidirlo
  • Errores frecuentes al responder un requerimiento del SII
  • Cómo saber si necesitas apoyo especializado
  • Qué diferencia hay entre requerimiento, citación, liquidación y giro
  • Cómo debería organizarse internamente una pyme
  • Cómo redactar la respuesta
  • Qué hacer después de responder
  • Preguntas frecuentes sobre requerimientos del SII
    • Qué es un requerimiento del SII
    • Cuánto plazo tengo para responder
    • Qué pasa si no tengo todos los documentos
    • Debo responder solo con mi contador
    • Puedo corregir declaraciones antes de responder
    • Un requerimiento significa que tendré que pagar impuestos
  • Cierre: responder bien es controlar el riesgo

Respuesta directa: qué hacer si llega un requerimiento del SII

Si tu empresa recibe un requerimiento del SII, no respondas de inmediato sin revisar el alcance. Primero valida la notificación, plazo, período tributario y documentos solicitados. Luego ordena respaldos contables, facturas, declaraciones, contratos y movimientos relacionados. Responde dentro de plazo, con antecedentes coherentes y trazables. Si hay diferencias o dudas relevantes, pide apoyo tributario antes de entregar una versión incompleta.

Qué significa realmente un requerimiento del SII

Un requerimiento del SII es una solicitud formal de información, antecedentes o documentos para revisar una situación tributaria. Puede nacer por inconsistencias detectadas por sistemas del Servicio, cruces de información, declaraciones observadas, operaciones específicas, cambios en el comportamiento tributario de la empresa o procesos de fiscalización más amplios.

Para un emprendedor o una pyme, el punto clave es entender que el requerimiento no siempre significa que ya existe una deuda o una infracción. Pero tampoco debe tratarse como un tramite menor. Es una actuación administrativa que puede terminar sin diferencias, con solicitud de aclaraciones, con rectificatorias, con citación, liquidación, giro u otras etapas si el SII concluye que existen diferencias de impuestos.

El propio Servicio de Impuestos Internos explica en su página de Auditoría Tributaria que, cuando el contribuyente entrega los antecedentes requeridos, el funcionario levanta un acta de recepción de documentación. Luego, de la revisión de declaraciones, libros, registros, respaldos e inversiones, puede concluir que no hay diferencias de impuestos o que sí existen diferencias que requieren regularización o controversia.

La diferencia entre una buena y una mala respuesta está en la preparación. Una empresa que responde con orden muestra control. Una empresa que manda documentos sueltos, incompletos o contradictorios puede convertir una revisión acotada en una fiscalización más compleja.

Por qué no conviene improvisar la respuesta

El error más frecuente es pensar que el SII solo quiere «ver documentos». En la práctica, el Servicio revisa consistencia. Compara lo declarado con la contabilidad, los documentos tributarios electrónicos, los pagos, los contratos, los registros de compra y venta, las operaciones relacionadas, los movimientos bancarios cuando corresponda y los antecedentes que ya tiene en sus bases.

Por eso una respuesta improvisada puede generar cuatro problemas. Primero, entregar documentos que no explican la operación observada. Segúndo, abrir temas que el requerimiento no había pedido. Tercero, reconocer diferencias sin haberlas cuantificado correctamente. Cuarto, responder con una narrativa que después no coincide con la contabilidad o con futuras rectificatorias.

Una respuesta al SII no debería medirse por la cantidad de documentos enviados, sino por su coherencia. El objetivo es que cada antecedente respalde una explicación clara del hecho observado, del período revisado y del tratamiento tributario aplicado. En fiscalización, el desorden documental suele aumentar el riesgo más que la duda original.

Si el tema tiene que ver con gasto aceptado, gasto rechazado, uso de activos o respaldos insuficientes, conviene revisar también los criterios que explicamos en la nota sobre gastos rechazados en empresas medianas en Chile. Ese tipo de observación suele aparecer cuando la empresa contabilizó un gasto, pero no puede demostrar su relación con el giro, necesidad, proporción o respaldo.

Primer paso: leer la notificación como una ficha de riesgo

Antes de buscar documentos, hay que leer la notificación con mentalidad de diagnóstico. No basta con mirar el asunto general. Una buena lectura identifica al menos siete datos:

  • quién fue notificado y por qué vía
  • fecha de notificación y plazo de respuesta
  • período tributario revisado
  • impuesto, declaración u operación observada
  • documentos específicos solicitados
  • canal de respuesta o comparecencia exigido
  • posibles consecuencias de no responder

Esta lectura inicial define la estrategia. No es lo mismo un requerimiento por diferencias de IVA que una solicitud de antecedentes por renta, gasto rechazado, domicilio tributario, inicio de actividades, documentos de respaldo o una operación entre relacionados. Cada caso exige una carpeta distinta y una explicación distinta.

También es importante confirmar si la notificación llegó al canal correcto. Muchas empresas no revisan con disciplina su correo registrado, domicilio tributario o comunicaciónes dentro del portal del SII. En ese punto, la gestión del domicilio no es un detalle administrativo. Si la empresa tiene dudas sobre su dirección tributaria o sus canales de notificación, vale la pena revisar criterios como los tratados en Direccion tributaria SII y en la guia sobre si el SII acepta oficinas virtuales como domicilio.

Qué pasa si la empresa no responde

No responder puede ser más caro que responder mal, aunque ambas cosas son riesgosas. Según el SII, si el contribuyente no responde a una notificación, el Servicio puede registrar una anotación negativa por inconcurrencia y, si la situación lo amerita, ingresarlo en la Nómina de Difícil Fiscalización. Esto no significa que todos los casos terminen así, pero muestra que la inacción deja una huella administrativa.

La consecuencia práctica es que la empresa pierde oportunidad de explicar, ordenar o cerrar el punto observado. Además, el SII puede avanzar con los antecedentes que ya tiene, y esos antecedentes no siempre muestran la historia completa del negocio. Una factura, una declaración o una compra puede verse distinta si no se acompaña con contrato, comprobante de pago, orden de trabajo, recepción del servicio o explicación operacional.

No responder un requerimiento del SII no elimina el problema. En la práctica, puede dejar a la empresa sin oportunidad de contextualizar la operación revisada y permitir que el Servicio avance con información parcial. La prioridad debe ser responder dentro de plazo, pedir prórroga si corresponde y dejar trazabilidad de todo lo entregado.

Para una pyme, la respuesta no debe depender solo de la memoria del dueño o del contador. Debe existir un expediente simple: notificación, plazo, documentos pedidos, documentos reunidos, observaciones internas, respuesta enviada y respaldo de recepción. Ese expediente después permite continuar la defensa o el cierre del caso sin partir de cero.

Qué documentos conviene reunir primero

La carpeta documental depende del requerimiento, pero hay una base común que conviene revisar. La empresa debería partir por las declaraciones relacionadas al período observado, los registros de compra y venta, facturas emitidas y recibidas, notas de crédito, comprobantes de pago, cartolas o respaldos bancarios, contratos, órdenes de compra, guías de despacho, informes de servicio, libros contables y cualquier comunicación comercial que explique la operación.

La clave no es juntar todo sin filtro. La clave es armar una secuencia: que ocurrió, cuando ocurrió, cómo se documentó, cómo se pago, cómo se registró contablemente y cómo se declaró tributariamente. Esa secuencia es la que permite responder con orden.

Un ejemplo común aparece en gastos asociados a vehículos, combustible, mantenciones o traslados. Puede existir factura, pero eso no siempre basta. Hay que mostrar por qué ese gasto tiene relación con la actividad, quién usó el vehículo, para qué operación, con qué respaldo interno y cómo fue tratado contablemente. En esa línea, la nota sobre gastos de vehículos en el SII ayuda a entender cómo un gasto aparentemente cotidiano puede transformarse en observación si falta respaldo.

Checklist inicial para ordenar la respuesta:

  • Copia de la notificación o requerimiento completo.
  • Fecha de recepción y plazo exacto.
  • Períodos tributarios involucrados.
  • Declaraciones de IVA, renta u otras relacionadas.
  • Facturas, boletas, notas de crédito y débito.
  • Registros de compra y venta.
  • Contratos, anexos, órdenes de compra o cotizaciones.
  • Comprobantes de pago y cartolas cuando sean pertinentes.
  • Libros contables y balances del período.
  • Explicación interna de la operación observada.
  • Evidencia de entrega, prestación del servicio o recepción del bien.
  • Respaldo de toda comunicación enviada al SII.

Cómo construir una respuesta qué no aumente el riesgo

Una respuesta bien armada tiene tres capas: documental, contable y narrativa. La capa documental muestra los respaldos. La capa contable demuestra cómo se registró la operación. La capa narrativa explica por qué ese tratamiento es consistente con el negocio y con la obligación tributaria.

El problema aparece cuando esas capas no conversan. Por ejemplo, la empresa entrega facturas, pero la contabilidad muestra otra clasificacion. O explica que un gasto fue necesario para producir renta, pero no puede mostrar relación con clientes, proyectos o actividad. O declara que una operación fue excepcional, pero los registros muestran recurrencia.

La mejor respuesta al SII es breve, completa y verificable. Debe contestar lo pedido, adjuntar respaldo pertinente y explicar la lógica tributaria aplicada. Una respuesta extensa pero dispersa puede ser menos efectiva que una respuesta ordenada que conecte documentó, registró contable y declaración.

En esta etapa conviene evitar dos extremos. El primero es responder con frases defensivas sin documentos. El segundo es enviar una carpeta masiva sin explicación. Ambos obligan al fiscalizador a interpretar. Y cuando la autoridad interpreta sin una historia clara de la empresa, aumenta la probabilidad de nuevas preguntas.

Cuando pedir prórroga y cómo decidirlo

Pedir prórroga no debería verse como una señal de debilidad. Puede ser una decisión responsable si la empresa necesita tiempo razonable para reunir antecedentes, conciliar información o validar que la respuesta no contenga errores. El punto es pedirla dentro de plazo, por el canal correspondiente y con una justificación concreta.

Conviene evalúar prórroga cuando faltan documentos relevantes, cuando hay diferencias entre lo contable y lo declarado, cuando el período revisado es antiguo, cuando participan terceros, cuando hubo cambios de contador, cuando la empresa tuvo reorganizaciones o cuando la observación puede derivar en diferencias de impuestos importantes.

No conviene usar la prórroga para postergar sin trabajar. La extensión solo sirve si permite mejorar la respuesta. Si el equipo interno sigue sin responsable, sin carpeta y sin criterio, una prórroga solo aplaza el problema.

Errores frecuentes al responder un requerimiento del SII

El primer error es responder por partes sin control documental. Cada envío debería quedar registrado: que se envío, cuando, por qué canal, a qué requerimiento responde y quién lo validó. Sin trazabilidad, la empresa puede perder el hilo si el SII pide aclaraciones.

El segundo error es delegar todo al contador sin involucrar a la operación. Muchas observaciones tributarias tienen origen comercial: contratos, servicios prestados, recepción de bienes, relación con clientes, uso de activos o condiciones de pago. El contador puede ordenar la parte tributaria, pero necesita que la empresa explique la realidad del negocio.

El tercer error es contestar solo desde la conveniencia. Decir «esto siempre lo hacemos así» no es defensa suficiente. La respuesta debe sostenerse en documentos, registros y criterios. Si la empresa quiere pagar menos impuestos sin riesgo, la ruta no es esconder información ni improvisar, sino ordenar decisiones antes de que se conviertan en contingencias.

El cuarto error es mezclar temas. Si el SII pidió antecedentes de un período y operación específica, no conviene abrir voluntariamente discusiónes no solicitadas salvo que sean necesarias para explicar el caso. Responder de más también puede aumentar superficie de revisión.

El quinto error es no revisar el impacto futuro. Una respuesta puede cerrar una observación puntual, pero dejar expuesto un criterio que se repite todos los meses. Si la empresa responde un requerimiento por un tipo de gasto, boleta, factura o contrato, debería revisar si ese mismo patrón existe en otros períodos.

Cómo saber si necesitas apoyo especializado

No todos los requerimientos exigen una consultoría compleja. Si la solicitud es simple, el respaldo está ordenado y no hay diferencias relevantes, el contador puede resolverlo con una respuesta correcta. Pero hay señales que justifican apoyo especializado:

  • el requerimiento menciona varios períodos o impuestos
  • el monto observado es relevante para la caja
  • hay gastos, contratos u operaciones difíciles de explicar
  • la empresa no tiene respaldos completos
  • hubo cambio de contador o desorden histórico
  • existen operaciones con relacionados
  • se requiere rectificar declaraciones
  • el SII ya emitió citación, liquidación o giro
  • la respuesta podría afectar criterios futuros

En esos casos, el objetivo no es «ganarle» al SII por fuerza, sino responder con una posición clara, documentada y coherente. A veces eso implica reconocer una diferencia y regularizar. Otras veces implica explicar que la observación no corresponde. Lo importante es decidir con información, no por susto.

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Qué diferencia hay entre requerimiento, citación, liquidación y giro

Aunque en la conversación diaria se mezclan, no son lo mismo. El requerimiento suele ser una solicitud de antecedentes o información. La citación es una etapa más formal en que el SII comunica observaciones y da oportunidad al contribuyente para presentar descargos o antecedentes. La liquidación determina diferencias de impuestos según el criterio del Servicio. El giro, en términos simples, materializa el cobro de una obligación tributaria determinada.

Para la empresa, esta distinción importa porque el margen de acción cambia. En un requerimiento temprano todavía hay espacio para ordenar, explicar y aportar antecedentes. En una etapa más avanzada, la discusión puede estar más delimitada y las decisiones requieren mayor precisión técnica.

Mientras antes se ordene la respuesta, mayor capacidad tiene la empresa para controlar el riesgo. Un requerimiento inicial permite explicar hechos, completar respaldos y corregir inconsistencias. Si el caso avanza a citación, liquidación o giro, el margen de maniobra puede reducirse y el costo de una respuesta débil aumenta.

Esto no significa que todo requerimiento sea grave. Significa que conviene tratarlo con disciplina desde el inicio. Las empresas que tienen carpetas tributarias ordenadas, criterios contables consistentes y responsabilidades internas claras suelen responder mejor que las que solo reacciónan cuando llega una notificación.

Cómo debería organizarse internamente una pyme

La respuesta al SII no debería depender de una sola persona. Lo recomendable es crear un circuito simple. Primero, un responsable administrativo registra la notificación y plazo. Segúndo, contabilidad identifica declaraciones y registros afectados. Tercero, la operación o gerencia explica el hecho económico. Cuarto, un responsable tributario o asesor valida la consistencia antes de enviar.

Este circuito evita que cada área responda desde su propia mirada. Contabilidad puede ver números, pero no siempre conoce la historia comercial. Ventas puede conocer el cliente, pero no el tratamiento tributario. Administración puede tener los documentos, pero no saber cuales son relevantes. La gerencia debe asegurar que todo se junte en una respuesta única.

Una buena práctica es crear una matriz breve:

Punto requerido por SIIDocumento de respaldoResponsableEstadoObservacion
Facturas de período observadoRegistro de ventas y DTEContabilidadCompletoRevisar notas de crédito
Contrato o servicio prestadoContrato, OC, correosOperacionPendienteFalta anexo
Pago asociadoCartola, comprobanteFinanzasCompletoConciliar monto
Explicación tributariaInforme respuestaAsesorEn revisiónValidar criterio

Esta herramienta simple permite ver qué falta antes de responder. También evita enviar antecedentes incompletos por creer que todo estaba listo.

Cómo redactar la respuesta

La respuesta debe ser clara, respetuosa y precisa. Debe identificar el requerimiento, el contribuyente, el período, los documentos que se acompañan y la explicación de fondo. No necesita sonar agresiva ni excesivamente jurídica si el caso no lo exige. Pero si debe ser técnicamente cuidada.

Una estructura útil puede ser:

  1. Identificación del contribuyente y del requerimiento.
  2. Resumen de lo solicitado por el SII.
  3. Lista ordenada de antecedentes adjuntos.
  4. Explicación breve de la operación o situación revisada.
  5. Aclaraciones sobre documentos faltantes, si existen.
  6. Solicitud concreta, por ejemplo tener por acompañados los antecedentes.
  7. Datos de contacto y disponibilidad para aclaraciones.

Si hay antecedentes faltantes, no conviene ocultarlo. Es mejor explicar que se están reuniendo, solicitar prórroga si corresponde o entregar una respuesta parcial claramente delimitada, siempre que el canal y el caso lo permitan. Lo que no se debe hacer es presentar una versión incompleta como si fuera completa.

Qué hacer después de responder

Responder no cierra automáticamente el caso. La empresa debe guardar copia de todo, verificar recepción, monitorear nuevas comunicaciónes y preparar una segunda capa de antecedentes por si el SII formula observaciones. También debe revisar si el requerimiento revela una falla estructural.

Por ejemplo, si la observación nace por gastos sin respaldo, el problema no termina con ese período. Hay que corregir políticas internas de compras, rendiciones, contratos y aprobación de gastos. Si nace por domicilio tributario o notificaciones, hay que ordenar canales, responsables y acceso al portal. Si nace por declaraciones inconsistentes, hay que revisar procesos contables y cierres mensuales.

La fiscalización bien abordada puede transformarse en una mejora de control. No es agradable recibir un requerimiento, pero si obliga a ordenar documentación, criterios y responsabilidades, puede reducir riesgos futuros.

Preguntas frecuentes sobre requerimientos del SII

Qué es un requerimiento del SII

Es una solicitud formal de información o antecedentes realizada por el Servicio de Impuestos Internos para revisar una situación tributaria. Puede pedir documentos contables, tributarios, comerciales o explicaciónes sobre operaciones, declaraciones o períodos determinados.

Cuánto plazo tengo para responder

El plazo depende del requerimiento concreto y debe revisarse en la notificación. La empresa debe registrar la fecha de notificación, contar correctamente el plazo y responder dentro del período indicado o solicitar prórroga si corresponde.

Qué pasa si no tengo todos los documentos

No conviene improvisar ni enviar antecedentes sueltos sin explicación. Primero identifica qué falta, por qué falta y si puede obtenerse de proveedores, clientes, bancos, contabilidad o sistemas internos. Si el plazo no alcanza, evalúa pedir prórroga o responder delimitando claramente lo acompañado.

Debo responder solo con mi contador

Depende del caso. Si es una solicitud simple y los respaldos están ordenados, el contador puede gestionarla. Si hay montos relevantes, diferencias de criterio, falta de documentos, operaciones complejas o riesgo de citación, conviene sumar apoyo tributario especializado.

Puedo corregir declaraciones antes de responder

Puede ser posible en ciertos casos, pero no debería hacerse sin diagnóstico. Rectificar cambia la posición de la empresa y puede tener efectos en impuestos, multas, intereses o futuras observaciones. Antes de corregir, conviene entender la causa de la diferencia y cuantificarla.

Un requerimiento significa que tendré que pagar impuestos

No necesariamente. El SII puede terminar la revisión sin diferencias si los antecedentes explican correctamente la situación. También puede detectar diferencias y pedir regularización. Por eso la calidad de la respuesta y de los respaldos importa.

Cierre: responder bien es controlar el riesgo

Un requerimiento del SII no debe enfrentarse con pánico ni con exceso de confianza. La respuesta correcta empieza por leer bien la notificación, entender el alcance, ordenar documentos, revisar consistencia contable y tributaria, y contestar dentro de plazo con una explicación verificable.

La pregunta importante no es solo «que mando al SII». La pregunta es «que historia documentada puede sostener mi empresa si esta revisión avanza». Esa diferencia cambia la calidad de la respuesta. Una empresa ordenada no promete que nunca tendrá observaciones, pero si mejora su capacidad para explicar, defender, corregir y cerrar.

En Lofwork ayudamos a emprendedores y empresas a ordenar este tipo de situaciones con mirada tributaria, contable y práctica. Si recibiste un requerimiento, lo más conveniente es revisar el caso antes de contestar, especialmente si hay montos relevantes, documentos incompletos o dudas sobre el criterio aplicado.

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Abraham Lazo

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