Ley 20.720: Reorganización y Liquidación de Empresas y Personas en Chile

La Ley 20.720 ha transformado sustancialmente el marco legal de la insolvencia en Chile, reemplazando el antiguo sistema de quiebras con un enfoque moderno centrado en la reorganización de deudores viables y la liquidación eficiente de deudores inviables. Con ello, se busca fomentar el reemprendimiento, proteger a los acreedores de manera equitativa y brindar a los deudores honestos la posibilidad de salir de una crisis financiera sin perder innecesariamente su patrimonio.
En este extenso análisis, exploraremos los puntos centrales de la Ley 20.720, sus conceptos clave, los procedimientos concursales que contempla (tanto para empresas como para personas naturales), las principales entidades reguladoras y los actores involucrados. Además, veremos cómo la ley promueve la cooperación internacional, la transparencia en la gestión del activo y pasivo del deudor, y los mecanismos de protección financiera que pueden solicitarse en el transcurso de un procedimiento de reorganización.
Tabla de contenidos
Contexto e Importancia de la Ley 20.720
La Ley 20.720, publicada en el año 2014, vino a modernizar la normativa chilena en materia de insolvencia y quiebras, abrogando el antiguo sistema establecido en la Ley N.º 18.175 (Ley de Quiebras). Su objetivo principal es:
- Fomentar la reorganización de aquellas empresas que, siendo viables, se encuentran atravesando problemas financieros transitorios.
- Garantizar un proceso de liquidación más expedito y transparente para las empresas o personas que no pueden continuar con sus operaciones.
- Proteger a los acreedores, evitando que las empresas inviables dilaten indebidamente su liquidación en perjuicio de terceros.
- Permitir a las personas naturales en situación de endeudamiento insostenible acceder a mecanismos de renegociación o liquidación simplificada.
La ley se articula a través de varios procedimientos concursales, que detallaremos en secciones posteriores, y crea la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir) como organismo fiscalizador y regulador. Así, la nueva legislación persigue un balance entre la eficiencia económica, la protección de los acreedores y la posibilidad de reemprender bajo un ambiente legal ordenado.
Principales Aspectos de la Ley
La Ley 20.720 se estructura sobre una serie de temas clave que definen su alcance y aplicación. A continuación, resumimos los principales:
Procedimientos Concursales
La ley regula varios procedimientos para abordar la insolvencia:
- Procedimiento Concursal de Reorganización
- Diseñado para empresas viables, permite reestructurar sus deudas y operaciones a fin de evitar la liquidación.
- Procedimiento Concursal de Liquidación
- Destinado a la venta de activos de la empresa o persona deudora y a la distribución de los fondos resultantes entre los acreedores.
- Procedimiento Concursal de Renegociación de la Persona Deudora
- Exclusivo para personas naturales, ofrece una vía simplificada de negociación de deudas con sus acreedores.
- Procedimientos Especiales (Reorganización Simplificada, Liquidación Simplificada)
- Se contemplan mecanismos especiales en casos particulares, aunque no se detallan exhaustivamente dentro de la definición general.
Conceptos y Actores Clave
Entre los principales conceptos destacan:
- Deudor: Persona natural o jurídica en insolvencia (Empresa Deudora o Persona Deudora).
- Acreedor: Entidad a la que se le adeuda dinero.
- Veedor: Profesional designado para supervisar el proceso de reorganización y facilitar la negociación entre deudor y acreedores.
- Liquidador: Profesional encargado de administrar y liquidar los activos del deudor en un procedimiento de liquidación.
- Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir): Organismo regulador y fiscalizador que vela por el correcto desarrollo de los procedimientos concursales.
- Protección Financiera Concursal: Herramienta que suspende acciones de cobro mientras se tramita la reorganización.
- Acuerdo de Reorganización Judicial: Documento que detalla la forma en que se pagarán las deudas y que debe ser aprobado por el deudor y los acreedores.
Estas nociones sientan la base de los procedimientos que veremos a continuación.
Procedimientos Concursales Detallados
Procedimiento Concursal de Reorganización
Este mecanismo se enfoca en evitar la liquidación de una empresa cuando, pese a su situación de iliquidez, se considera que puede ser viable. Los objetivos son:
- Reestructuración de pasivos y operaciones para conseguir la continuidad del negocio.
- Protección temporal contra acciones de cobro de los acreedores (Protección Financiera Concursal).
- Lograr un Acuerdo de Reorganización Judicial aprobado por la mayoría de los acreedores.
Principales etapas:
- Solicitud: El deudor debe presentar la solicitud de reorganización ante el tribunal, adjuntando antecedentes financieros.
- Nominación del Veedor: Se designa un veedor (desde las nóminas públicas de la Superir) que supervisará la elaboración y votación del acuerdo.
- Protección Financiera Concursal: Se suspende la posibilidad de iniciar juicios ejecutivos o liquidaciones forzosas contra el deudor, concediendo un plazo para negociar.
- Presentación de la Propuesta de Acuerdo: El deudor, con asesoría del veedor, formula un plan de pago y reestructuración que los acreedores evaluarán.
- Verificación y Objeción de Créditos: Los acreedores verifican sus créditos y la clasificación de las deudas.
- Votación del Acuerdo: Si obtiene el quórum requerido (dos tercios de los acreedores presentes que representen al menos dos tercios del pasivo votante), el acuerdo se aprueba.
- Cumplimiento y Fiscalización: Una vez aprobado, su ejecución es monitoreada y, de cumplirse con éxito, el deudor evita la liquidación.
Procedimiento Concursal de Liquidación
Si una empresa o persona no es capaz de reorganizarse ni de sostener su giro, puede solicitar (o ser obligado) a un procedimiento de liquidación. Fases centrales:
- Solicitud: El deudor (o los acreedores) presentan la solicitud de liquidación ante el tribunal competente.
- Resolución de Liquidación: El tribunal declara iniciado el procedimiento y designa a un Liquidador.
- Incautación de Bienes: El Liquidador toma control de los activos, practicando un inventario.
- Verificación de Créditos: Los acreedores justifican sus créditos y se determina la prelación.
- Realización de Activos: El Liquidador vende los bienes del deudor (vía subastas o negociaciones), buscando la mayor recaudación posible.
- Pago a Acreedores: Con los fondos obtenidos, se pagan las deudas conforme a la prelación legal.
- Cierre del Proceso: Finaliza la liquidación; se extingue la persona jurídica, si se trata de una sociedad.
Procedimiento Concursal de Renegociación de la Persona Deudora
Diseñado para personas naturales que no son “empresas deudoras”, otorga una vía no judicial para negociar deudas y evitar llegar a la liquidación:
- Solicitud: La persona deudora acude a la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento para iniciar el trámite.
- Resolución de Admisibilidad: La Superir revisa si se cumplen los requisitos (monto de deudas, mora, etc.).
- Determinación del Pasivo: Se define el listado y montos de los acreedores.
- Audiencia de Renegociación: La Superir coordina la reunión con los acreedores para llegar a un acuerdo de pago.
- Acuerdo de Ejecución: Si se llega a consenso, se firma un plan de pago bajo supervisión de la Superir.
- Fracaso del Acuerdo: En caso de no alcanzar un pacto, se abriría la posibilidad de liquidación voluntaria o forzosa de la persona deudora.
Este procedimiento agiliza la solución de conflictos financieros para el ciudadano común, sin pasar por tribunales, ahorrando costos y tiempo.
Protección Financiera Concursal y Acuerdo de Reorganización
La Protección Financiera Concursal es un elemento central del Procedimiento de Reorganización:
- Inhibe la ejecución de juicios o la iniciación de nuevos procesos de cobranza.
- Otorga un respiro al deudor para negociar un plan de salvataje.
Durante este período, el deudor, con el asesoramiento del Veedor, busca proponer un Acuerdo de Reorganización Judicial. Este acuerdo determina:
- Modalidad de pago de las deudas (plazos, cuotas, quitas, etc.).
- Posibles garantías adicionales o sustitución de las existentes.
- Cambios de administración o reestructuración operativa.
La aprobación del acuerdo depende de un quórum calificado en la votación de los acreedores (dos tercios de los presentes que representen al menos dos tercios del pasivo con derecho a voto). Su éxito radica en la credibilidad de la propuesta y la capacidad real del deudor para cumplirla.
Bienes Esenciales, Revocación de Actos y Delitos Concursales
Bienes Esenciales y No Esenciales
En un proceso de reorganización, se distingue entre:
- Bienes Esenciales para la continuidad de la operación de la Empresa Deudora.
- Bienes No Esenciales, prescindibles en la marcha del negocio.
Los acreedores con garantías (por ejemplo, hipotecas) pueden solicitar que ciertos bienes sean catalogados como no esenciales, para así realizar la garantía y recuperar parte de su crédito.
Revocación de Actos del Deudor
La Ley 20.720 permite anular ciertos actos o contratos ejecutados por el deudor en el año anterior al inicio del procedimiento, si se considera que perjudican a los acreedores (pagos anticipados, donaciones, ventas subvaloradas, etc.). Esta facultad le corresponde, en gran medida, al Liquidador o a los acreedores que deseen deducir la acción revocatoria.
Delitos Concursales
La ley tipifica conductas fraudulentas de deudores, veedores o liquidadores que oculten información, alteren activos o simulen deudas. Estas acciones están penadas con sanciones que pueden incluir pena de presidio. El objetivo es garantizar la integridad de todo el proceso y la protección de los derechos de los acreedores honestos.
Etapas de los Procedimientos: Requisitos y Plazos
Si bien cada procedimiento posee propios requisitos y plazos, algunos aspectos generales destacan:
- Solicitud de Apertura: El deudor o los acreedores deben iniciar formalmente el procedimiento, anexando la documentación exigida (estados financieros, listado de deudas, etc.).
- Resolución Judicial: El tribunal competente dicta resolución de reorganización o liquidación, designando a un Veedor o Liquidador.
- Publicación y Notificación: Para dar publicidad al procedimiento, la resolución se publica en el Boletín Concursal y se notifica a los acreedores.
- Verificación de Créditos: Los acreedores presentan la documentación que acredite sus derechos de cobro, lo cual es clave para su participación.
- Juntas de Acreedores: Se discuten y votan las propuestas de reorganización, o se define la forma de liquidación, según corresponda.
- Resolución Final: Se dicta sentencia aprobando o rechazando el acuerdo, o bien, se concluye la liquidación con la venta de bienes y reparto de fondos.
- Cierre: Se levanta el procedimiento y, en caso de liquidación, la sociedad deudora se extingue.
Dichos pasos varían en complejidad y duración según la magnitud de la insolvencia, la disposición de los acreedores a negociar y la existencia de activos suficientes para cubrir los pasivos.
Cooperación Internacional en Materia de Insolvencia
El Capítulo sobre Cooperación Internacional de la Ley 20.720 faculta a los tribunales chilenos y a la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento a:
- Reconocer procedimientos extranjeros de quiebra o insolvencia.
- Colaborar con representantes de insolvencia de otros países.
- Intercambiar información relevante, siempre que no vulnere el debido proceso.
La intención es alinear la ley chilena con las buenas prácticas internacionales, considerando que muchas empresas operan en múltiples jurisdicciones y requieren soluciones concursales coordinadas. Esta cooperación promueve la seguridad jurídica y la eficiencia en procedimientos con elementos transnacionales.
Rol de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento
La Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir) nace con la Ley 20.720 y asume competencias de fiscalización, regulación y capacitación en la materia. Sus principales funciones incluyen:
- Fiscalización de Veedores y Liquidadores: La Superir mantiene nóminas oficiales de profesionales habilitados y supervisa su desempeño.
- Monitoreo de Procedimientos Concursales: Controla que se cumplan los plazos y se respeten los derechos de deudores y acreedores.
- Emisión de Normas y Circulares: Contribuye a la uniformidad de criterios y a la adecuada interpretación de la ley.
- Tramitación del Procedimiento de Renegociación de la Persona Deudora: Actúa como órgano facilitador y conciliador en esta instancia no judicial.
En la práctica, la Superir funge como garante de la transparencia y la eficiencia de todo el sistema concursal chileno.
Observaciones Adicionales y Desafíos de Aplicación
Si bien la Ley 20.720 representó un avance significativo, es importante señalar:
- Complejidad del Texto Legal: Consta de numerosos artículos y definiciones técnicas; su aplicación exige profesionales capacitados (abogados, contadores, etc.).
- Capacitación de los Actores: Jueces, veedores, liquidadores y acreedores deben estar familiarizados con la ley para no frenar procesos ni vulnerar derechos.
- Cambios en la Cultura Empresarial: Gradualmente, las empresas y personas se acostumbran a ver la insolvencia no como una sentencia de muerte empresarial sino como una oportunidad de reorganizar o, en su defecto, liquidar de forma ordenada.
- Posibles Reformas Futuras: Dada la complejidad del tema, el legislador puede introducir modificaciones a la ley, ajustando procedimientos o criterios de prelación.
Preguntas Frecuentes (FAQs)
A continuación, las 7 preguntas más comunes sobre la Ley 20.720.
1. ¿En qué casos aplica la Ley 20.720?
Aplica en situaciones de insolvencia, tanto de empresas como de personas naturales. Permite la reorganización de proyectos viables o la liquidación ordenada en caso de inviabilidad financiera. También regula la renegociación de deudas de personas naturales no empresarias.
2. ¿Qué es la protección financiera concursal?
Es un instrumento que, durante el procedimiento de reorganización, suspende los juicios ejecutivos y las ejecuciones de garantías en contra del deudor, dándole un tiempo para negociar su plan de pago con los acreedores.
3. ¿Cuál es el papel del veedor en la reorganización?
El veedor supervisa y facilita la presentación y votación del Acuerdo de Reorganización, verifica la clasificación de créditos y asiste al deudor en la elaboración de la propuesta. Su designación se realiza a través de la Superir.
4. ¿Es posible que una persona natural se acoja a la Ley 20.720?
Sí. Para ello, existe el Procedimiento Concursal de Renegociación de la Persona Deudora, administrado por la Superir y enfocado en personas naturales con deudas impagas que desean evitar la liquidación de su patrimonio.
5. ¿Qué pasa con los bienes esenciales en la reorganización?
Los bienes esenciales son aquellos indispensables para la continuidad de la empresa. La ley protege su uso durante la reorganización, impidiendo que acreedores con garantías sobre estos bienes los ejecuten sin autorización del tribunal o sin que se declare que el bien no es esencial.
6. ¿Cómo se define a una Persona Relacionada en la ley?
Se considera Persona Relacionada al cónyuge, ascendientes, descendientes y colaterales cercanos del deudor, así como sociedades donde participen estos familiares y toda persona que ejerza influencia directa sobre la administración. Estas personas tienen limitaciones en la votación de acuerdos y pueden estar sujetas a reglas especiales de transparencia.
7. ¿Qué ocurre si un acto fraudulento del deudor se descubre tarde?
La ley contempla un plazo (generalmente de un año antes del inicio del procedimiento) para revocar actos o contratos realizados por el deudor que se consideren perjudiciales para los acreedores. También contempla la persecución penal de los responsables si se evidencia delito concursal.
Conclusión General
La Ley 20.720 marca un antes y un después en la forma de enfrentar las crisis financieras en Chile, promoviendo un equilibrio entre la reorganización de deudores viables y la liquidación clara y ordenada de aquellos que no logran sostener su continuidad. Gracias a la labor de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento, se garantiza una fiscalización efectiva y la participación de profesionales especializados (Veedores y Liquidadores). Para personas naturales, la renegociación de deudas abre la posibilidad de retomar una vida financiera sana sin recurrir a engorrosos litigios.Así, esta legislación apunta a una economía más dinámica y justa, donde las empresas y las personas tengan una segunda oportunidad y los acreedores cuenten con mecanismos para recuperar sus créditos de forma equitativa. Con el paso del tiempo y la eventual evolución normativa, se espera que la Ley 20.720 siga desempeñando un papel crucial en la modernización y eficiencia del sistema concursal chileno.
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