Postergar pago del IVA en Chile: cómo funciona, requisitos y ventajas

¿Se puede declarar el IVA a tiempo y pagarlo después? Sí. La ley permite postergar pago del IVA por hasta dos meses sin intereses ni multas, siempre que cumplas ciertos requisitos y declares dentro del plazo. Aquí te explicamos en simple cómo se usa, quiénes califican y por qué puede ayudarte a cuidar caja sin problemas con el SII.
Tabla de contenidos
¿Qué es “postergar pago del IVA”?
Es un beneficio para Mipyme que permite diferir el pago del IVA hasta por dos meses respecto de su vencimiento normal, sin intereses ni multas siempre que se pague dentro del nuevo plazo. Ojo: la declaración (F29) se presenta igual en fecha; lo que se difiere es el pago del IVA.
- Se activa al declarar el F29, marcando la casilla “Postergación Pago del IVA” (código 756); el sistema traspasa el IVA determinado al código 755 y emite un giro con vencimiento el día 12 o 20 del mes subsiguiente (según tipo de contribuyente).
- Puedes pagar antes si quieres; el beneficio solo amplía la ventana de pago.
Requisitos para acceder (quiénes pueden y quiénes no)
Pueden postergar quienes:
- Estén en Régimen Pro Pyme (14 ter, hoy “Pro Pyme”) o en régimen general (contabilidad completa o simplificada).
- Tengan promedio de ingresos del giro ≤ 100.000 UF en los últimos 3 años.
- No registren morosidad reiterada (tres períodos de IVA impagos en 12 meses o dos rentas consecutivas impagas).
- Estén inscritos para notificación por correo electrónico ante el SII.
No procede si declaras fuera de plazo o si no cumples los requisitos al momento de invocarlo. La postergación aplica al monto total de IVA del período, no a una parte. Servicio de Impuestos Internos
Ventajas prácticas (por qué conviene)
- Caja inmediata: te da hasta dos meses de holgura para pagar el IVA sin intereses ni multas, útil si vendes a crédito o tienes pagos por cobrar.
- Orden y trazabilidad: el SII emite un giro con vencimiento claro (12 o 20 del mes subsiguiente); puedes consultarlo y pagarlo en línea.
- Sin perder cumplimiento: declaras a tiempo y mantienes tu historial tributario en regla, evitando bloqueos o recargos.
- Complementa tu flujo: puedes alinear el pago de IVA con la fecha de cobro de tus facturas, sin acudir a financiamiento caro.
Importante: la postergación es solo del IVA. En el mismo F29 hay otros conceptos (PPM, retenciones, etc.) que sí deben pagarse en su fecha.
Paso a paso en sii.cl (F29)
- Entra a sii.cl y declara el Formulario 29 dentro del plazo legal.
- En el F29, marca “Postergación Pago del IVA (código 756)”.
- El sistema moverá el IVA determinado (código 89) al código 755 y emitirá un giro con vencimiento el 12 o 20 del mes subsiguiente.
- Guarda el comprobante; luego, desde “Consultar postergación pago del IVA” puedes pagar en línea o imprimir giro para banco.
Plazos, ejemplos y calendario
- Si declaras el 20 de septiembre de 2025 (facturador electrónico), puedes pagar el IVA hasta el 20 de noviembre de 2025.
- Si declaras el 12 (no facturador electrónico), pagas hasta el 12 del mes subsiguiente.
- ¿Intereses y multas? No corren dentro del nuevo plazo. Si no pagas en la fecha de postergación, desde ese día se aplican reajustes, intereses y multa del Código Tributario.
Límites y advertencias importantes
- Debes declarar en fecha. Si presentas el F29 fuera de plazo, no puedes postergar.
- Monto total: la postergación es del IVA completo del período; no se puede fraccionar.
- Uso recurrente: puedes postergar todos los meses si cumples requisitos.
- Buen comportamiento: el SII revisa morosidad reiterada; si la tienes, no aplica, salvo que la deuda esté pagada o con convenio vigente.
Postergación” vs. “Convenio de pago”
- Postergación (SII): se solicita al declarar el F29, difiere el pago hasta por 2 meses, sin interés ni multa si pagas a tiempo.
- Convenio de pago (TGR): sirve para deudas vencidas; permite pagar en cuotas (hasta 24 meses según programa), pero con recargos propios de la mora. Se tramita con Tesorería. ChileAtiende
Errores frecuentes
- Confundir “declarar” con “pagar”
— La declaración F29 siempre va en fecha; lo que difieres es solo el pago del IVA. - Presentar el F29 fuera de plazo
— Pierdes el derecho a postergar. - Intentar postergar solo una parte
— No se puede: el beneficio opera sobre el total del IVA del período. - Olvidar otros impuestos del F29
— PPM y retenciones se pagan en fecha; la postergación no los cubre. - Ignorar el requisito de “buen cumplimiento”
— Con morosidad reiterada, el SII puede rechazar la postergación (salvo deuda pagada o con convenio).
Preguntas frecuentes (FAQs)
1. ¿Cuántas veces al año puedo postergar pago del IVA?
Todas las que necesites: cada período en que declares IVA, si cumples los requisitos.
2. ¿Qué casilla debo marcar en el F29?
“Postergación Pago del IVA” (código 756). El sistema traspasa el monto al código 755 y emite el giro con nueva fecha.
3. ¿Puedo pagar antes del nuevo vencimiento?
Sí. La postergación amplía la ventana; puedes pagar antes si te conviene.
4. ¿Qué pasa si no pago en el nuevo plazo?
Desde ese día corren reajustes, intereses y multa del Código Tributario.
5. ¿Puedo postergar pago del IVA si tengo un convenio de pago por deudas antiguas?
Sí, si cumples los requisitos. La regla de morosidad permite excepción cuando la deuda está pagada o con convenio vigente.
6. ¿La postergación incluye PPM o retenciones del F29?
No. Solo difiere IVA; PPM y retenciones se pagan en su fecha.
7. ¿Cómo veo y pago mi giro postergado?
En sii.cl, opción “Consultar postergación pago del IVA”: puedes pagar en línea o imprimir giro para banco.
Conclusión
Si vendes a crédito o tienes descalce de caja, la postergación del IVA es una herramienta legal y simple para ordenar tu flujo: declaras a tiempo, pagas después y evitas recargos. Úsala cuando haga sentido financiero, cuidando siempre los requisitos y plazos del SII
¿Quieres que revisemos tu F29 y armemos un calendario de postergaciones que cuide tu caja?
Servicio de Contabilidad y Tributos



