Haberes imponibles en Chile
Los haberes imponibles tienen una relación directa con las remuneraciones que obtienen cada mes los trabajadores dependientes. Es decir, son todos aquellos pagos o descuentos que alteran el monto final a percibir: el sueldo base, las comisiones, las horas extras, los bonos, las gratificaciones y las cotizaciones obligatorias. En este post te vamos a explicar detenidamente en qué consiste cada uno de ellos.
¿Qué son los haberes imponibles?
Los haberes imponibles son todos los ingresos que se someten a afectación por parte de las cotizaciones previsionales. Recuerda que también existen los haberes no imponibles. Estos, a diferencia de los anteriores, se encuentran libres de estas obligaciones tributarias, ya que no son considerados ingresos.
Sueldo
Es la forma de ingreso más común. Corresponde al estipendio obligatorio y fijo pagado en periodos iguales determinados en el contrato laboral que recibe cada empleado a cambio de un trabajo en una jornada ordinaria. Este sueldo no puede ser menor al ingreso mínimo mensual estipulado por la ley.
Sobresueldo
Como su propio nombre indica, es un monto adicional al sueldo inicial pactado en el contrato de trabajo. Las horas extras comprendidas como sobresueldo deben quedar estipuladas por escrito. Este pacto puede tener una duración máxima de tres meses, pero cabe la posibilidad de renovarlo si ambas partes concuerdan en ello.
Comisiones
Corresponden a un porcentaje sobre el precio total de las ventas que el trabajador ha realizado. En ocasiones, hacen referencia a montos de otras operaciones efectuadas por la empresa en general. Estas comisiones se pactan de antemano en el contrato de trabajo y son pagadas a final de mes sin opción de ser retenidas o sufrir otra clase de afectaciones.
Gratificación
Esta remuneración se encuentra establecida en el artículo 42 del Código del Trabajo y corresponde a la parte de las utilidades que el empleador entrega al trabajador, siempre y cuando se haya acordado en el contrato laboral. Asimismo, ciertas empresas permiten que los empleados participen mediante acciones en las organizaciones, por lo que reciben las utilidades que les corresponden.
Bonos
Los bonos son un tipo de remuneración que suele ser pactado de antemano en el contrato de trabajo individual o colectivo. Por lo general, se relacionan con el cumplimiento de ciertas metas, como, por ejemplo, llegar a un número de ventas en un periodo determinado de tiempo. Tienen como principal objetivo incentivar la producción o la relación entre las partes participantes.
¿Cómo se calculan los haberes imponibles?
En primera instancia, para calcular los haberes imponibles debes contemplar en la liquidación de sueldo mensual el pago correspondiente por los conceptos de sueldo base, horas extras, gratificaciones, bonos, sobresueldos y otros montos relacionados afectos a cotizaciones.
Una vez tengas el monto total, has de realizar los descuentos pertinentes relacionados con los pagos previsionales: salud, el sistema de AFP y el seguro de cesantía. En la liquidación de sueldo debe establecerse cada apartado por separado con su monto correspondiente, así como los haberes no imponibles y el total de los descuentos aplicados. Por último, tiene que aparecer el sueldo líquido a pago. Pero ¿sabes específicamente a qué corresponde este sueldo líquido? Ahora lo vemos.
¿Qué es el sueldo líquido?
El sueldo líquido es el monto final que recibes tras el cálculo de todas las remuneraciones y descuentos establecidos por la normativa vigente. En otras palabras, es la cantidad que percibes tras las cotizaciones obligatorias de AFP, salud y seguro de cesantía.
¿Qué es el sueldo bruto?
El sueldo bruto, al contrario del anterior, es el monto que obtienes contractualmente cada mes por concepto de sueldo base y todas las remuneraciones adicionales (las que se han mencionado en los anteriores apartados). Este monto corresponde a lo recibido antes de completar todos los descuentos impuestos por ley.
¿Qué descuentos se aplican al sueldo bruto?
Entre estos descuentos se hallan los tres que hemos mencionado hasta ahora, es decir, descuentos por cotizaciones obligatorias realizadas por las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), por salud (el porcentaje mínimo a descontar es el 7 %) y el seguro de cesantía (0.6 % de la base imponible).
Por otro lado, has de saber que también pueden efectuarse otra clase de descuentos, como préstamos realizados por el empleador o montos reducidos por motivos de ahorros de la vivienda u otros fines.
Haberes no imponibles
Los haberes no imponibles se encuentran libres del pago de las cotizaciones, pues no son considerados como remuneraciones. A este respecto, el Código del Trabajo define estos haberes como devoluciones de gastos en que incurra el trabajador. Es decir, son las asignaciones que recibes para compensar los costos que produces cuando llevas a cabo tu trabajo. Existen 4 tipos de asignaciones:
- Compensatorias : Corresponden a las asignaciones por colación, movilización, viáticos y reembolsos de gastos no contemplados en el contrato.
- Prestaciones de seguridad social: Son las asignaciones familiares que han sido determinadas por ley.
- Indemnizatorias: Hacen referencia a las diferencias que pueden existir en el flujo de caja, así como la asignación por uso y desgaste de las herramientas de trabajo.
- Indemnizaciones por término de contrato de trabajo: Son las que indemnizan en caso de no dar el aviso previo de finalización del contrato, por los años de servicio, feriados anuales, proporcionales y otros montos que se han de pagar al término de la relación laboral.
Para considerar estos ingresos como no imponibles, todas las asignaciones entregadas deben ser gastadas en los fines para los cuales han sido pensadas. Además, tienen que conservar un equilibrio razonable entre la razón y la prudencia del monto, sobre todo en casos como la movilización y la colación.
Por lo tanto, estos montos deben corresponder al gasto real que haces cuando desempeñas tu trabajo, ni mucho más bajo ni mucho más alto. En caso contrario, podrían considerarse como haberes imponibles.
En definitiva, la principal diferencia entre los haberes imponibles y no imponibles radica en que a los primeros se les aplican los descuentos estipulados por ley, mientras que los segundos permanecen íntegros. Ten en cuenta todo lo mencionado en este artículo y haz valer tus derechos.
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